El día de la fecha, tras la publicación de la Resolución General 4716, la página oficial de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha abierto la nueva inscripción al salario complementario del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) que paga la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). El organismo aplicó cambios en la carga de datos respecto a la anterior registración.
Debido a la extensión del aislamiento social, el Gobierno hará un segundo pago del salario complementario para el devengado de mayo.
El Decreto 332 establece una ayuda para los empresarios equivalente al 50% del sueldo de los trabajadores en relación de dependencia de empresas inscriptas en el Programa ATP. El mismo tiene como mínimo un salario mínimo vital y móvil y es de hasta dos veces dicho piso salarial. Además se contempla la postergación del pago de contribuciones o reducción de éstas.
Si bien en un primer momento se pensó esta ayuda como un único pago, finalmente se ha decidido extender el beneficio un mes más. La inscripción al salario complementario tendrá que ser realizada del 14 al 21 de mayo. Con lo cual, ya es posible registrarse por Internet.
En el caso de las empresas que han accedido al beneficio para el pago de sueldos de abril sólo deberán actualizar su información.
Para acceder al beneficio es necesario que la actividad principal del empleador se encuentre dentro de las afectadas por la cuarentena decretada por la pandemia. Aparte, la planilla de trabajadores al 29 de febrero de 2020 no puede ser mayor a 800 dependientes, si es mayor tienen que cumplir requisitos adicionales.
Además se requiere que se ingrese la facturación del 1° al 30 de abril de 2019 y la del mismo período de 2020. La variación de la misma debe ser de 0 o menos a 0. Aquellas empresas que han iniciado su actividad este año reciben esta ayuda sin realizarse un análisis en su facturación.
El momento del salario complementario será del 50% de la remuneración abonada a cada empelado en marzo de 2020.
Pasos para inscribirse en el salario complementario
- Acceder a la página oficial de AFIP con el CUIT y la Clave Fiscal.
- Ingresar en «Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP». Si el servicio no está activo es necesario activar el mismo desde «Administrador de Relaciones de Clave Fiscal».
- Pulsar en «Solicitar beneficio».
- Tildar a opción «Mayo de 2020» y pulsar el botón verde «Continuar».
- Aceptar los montos de la facturación de los períodos requeridos, información que se obtiene de los comprobantes electrónicos. En esta nueva etapa, el sistema permite a los contribuyentes modificar los importes para aquellos que utilizan factura manual o controlador fiscal.
Por error cargaron mal CBU; en el mes de Mayo no me depositaron ; donde debo hacer reclamo..
Tu empleador antes de confirmar, debe corregirlo
Hola buenas tarde.
Necesito asesoramiento. Mí empleador pidió el ATP y nos mostró que fue aprobado… Resulta de que en la página de Anses aparezco como no registrada que consulte a mí empleador, pero la única respuesta que tengo de mí empleador es que espere que el sistema se va a acomodar solo… Estamos a 19 de mayo, y no recibí plata por ningún medio, no cobre el ATP, MI EMPLEADOR NO ME PAGÓ NADA Y ME DEBE, NO SÉ CUANTO DEL MES PASADO. Necesito saber que debo hacer en mí situación
Yo cobre mi patronal tiene que realizar nuebamen la inscripción.
Hola! Mi caso es que a mi al principio cuando ingresaron los datos a mi me pusieron mal un número de mi documento y no pude cobrar, por ende no están cargado los datos en el anses. Como puedo hacer para poder cobrar?
soy beneficiaria del salario complementario
Hola tengo un tio qué segun su empleador fué inscripto para la ATP,pero cuándo consulta le le sale qué no fué registrado qué consulte a su empleador..le consulta y lo unico qué le dice es qué ella ya hizo todo el tramite qué hasta hai puede hacer..luego paso los datos cargados de mi tio ,lo vimos y…cargaron todo mal la CBU,no cargarón domicilio, número de celular ,hotmail un desastre total…y pueden creer qué mayo y junio aún no cobró..y aurita todo Anses está cerrado no funciona el 130 es imprecionante está situación pueden ayudarme guiarme qué podemos hacer por favor.
De todas maneras ANSES no puede hacer nada, el empleador debe pagarle el sueldo a los trabajadores y descontar lo que el Gobierno le entrega y si carga mal los datos y por su culpa no recibe el ATP debe de todas maneras liquidarle el sueldo completo, dependiendo del Convenio de Trabajo que sea El reclamo es al empleador, que es el único que puede ingresar al sistema y cargar o modificar los datos