Vencimientos
Para las personas físicas y sucesiones indivisas con domicilio en el país que no tengan participación en sociedades que cierren el ejercicio comercial en el mes de diciembre de 2006 o que, teniéndola, dicha participación consista en acciones de empresas que cotizan en bolsas o mercados de valores.
las Declaraciones Juradas se presentan según la terminación del CUIT
T/CUIT Fecha Presentación Fecha Pago Versión
0 – 1 17/04/2007 18/04/2007 Ganancias V.7.1 Rel.3
2 – 3 18/04/2007 19/04/2007 Bs. Ps. V. 6 Rel. 2
4 – 5 19/04/2007 20/04/2007 Ganancias P/F Bs. Ps.
6 – 7 20/04/2007 23/04/2007 Versión 8.0
8 – 9 23/04/2007 24/04/2007
Para las personas físicas que tengan participación en sociedades que cierren el ejercicio comercial en el mes de diciembre, excepto aquella cuya única participación consiste en acciones de empresas que cotizan en bolsas o mercados de valores.
T/ CUIT Fecha Presentación Fecha Pago Versión
0 – 1 15/05/2007 16/05/2007 Ganancias P/F V 7.1 Rel 3
2 – 3 16/05/2007 17/05/2007
4 – 5 17/05/2007 18/05/2007 Bs. Ps. V. 6.0 Rel. 2
6 – 7 18/05/2007 21/05/2007 Ganancias P/F y Bs. Ps.
8 – 9 21/05/2007 22/05/2007 V. 8.0
Plan de Facilidades de Pago
Para ambos vencimientos se encuentra vigente un Plan de Facilidades de Pago de hasta tres cuotas.
Quienes deban pagar el Impuesto a las Ganancias y/o sobre los Bienes Personales, pueden solicitar, en el momento de la presentación de las declaraciones juradas, un plan de facilidades de pago. El mismo contempla hasta tres cuotas y el importe de cada una de ellas no puede ser inferior a 250 pesos.
La primera cuota se ingresará con la presentación de la declaración jurada y las otras dos se cancelarán hasta el 22 de cada mes a partir del mes siguiente.
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