La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) realiza el pago de la Ayuda Escolar Anual cada año. Dicho beneficio corresponde a los padres de hijos en edad escolar o con discapacidad, en cuyo caso no hay tope de edad, que reciben la Asignación Universal por Hijo (AUH) o SUAF. En este artículo, a causa de las consultas recibidas, EconoBlog brinda información sobre el cobro de la prestación.
La Ayuda Escolar permite que los padres hagan frente a la compra de útiles escolares. Por lo cual, el pago masivo se realiza en marzo.
¿Quiénes cobran la Ayuda Escolar?
El pago es realizada por Anses a los beneficiarios de la AUH y de la Asignación por Hijo del SUAF (Trabajadores en relación de dependencia; beneficiarios de la Prestación por Desempleo; titulares de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo; trabajadores de temporada con reserva de puesto de trabajo; monotributistas, jubilados y pensionados; y veteranos de Malvinas) siempre y cuando los ingresos individuales y familiares se encuentren dentro de los topes mínimos y máximos.
Su liquidación es automática cuando el hijo por el cual se cobra la asignación tenga de 4 a 17 años. Si es discapacitado no se aplica un rango de edad.
¿Cuándo es el pago de la Ayuda Escolar?
El pago masivo del beneficio suele ser realizada en el mes de marzo. Si no se recibe en el mismo, el organismo previsional lo hace entre los 60 y 90 días de realizada la acreditación escolar presentando el Formulario PS 2.68.
¿Cómo acreditar la escolaridad en Anses?
Los titulares del SUAF deben acreditar la certificación escolar cada año para cobrar esta asignación. El plazo para cumplir con dicho requisito es el 31 de diciembre y se hace usando el Formulario PS 2.8, el cual debe ser certificado por la institución educativa a la cual el niño o adolescente asiste a clases regularmente.
El tramite se puede hacer por Internet. Para ello es necesario ingresar ACÁ e indicar el número de CUIL y la Clave de la Seguridad Social. Dicha página también permite al beneficiario saber si adeuda dicha presentación.
En el caso de la AUH no se requiere el F.PS 2.68. La acreditación se realiza con el Formulario Libreta PS 1.47.
Cuatro aumentos a la Ayuda Escolar
Al igual que el resto de las asignaciones familiares, este beneficio se actualiza conforme a la Ley de Movilidad en marzo, junio, septiembre y diciembre. Esto no quiere decir que en cada uno de esos meses se cobre nuevamente la prestación, el pago se hace sólo una vez al año.
Yo quiero saber como hago para presentar la libreta q numero de formulario porq yo cobro asinagcion por discapacidad y asinagcion familiar
Quiero saber porq me quitaron la ayuda sin decirme nada cobre en marzo y después ya no me volvieron a depositar nada
Pq no cobre la ayda escolar este sñ o
Yo todavia mo cobro la ayuda escolar presente el formulario y mo cobro ytodos Los mese reclamo y nada y tambien me deben in med de salario
buenas noche una consulta cmo vamos a presentar ps 2.68 la libreta si no hay colegios y pediatra quien te complete el formulario