El Senado ha sancionado la nueva Ley Nacional de Alquileres que busca proteger a los inquilinos. Debido a ello, el Programa de Atención a Inquilinos de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires ha difundido un modelo del nuevo contrato de alquiler, el cual tendrá una duración de 3 años.
La entrada en vigencia de la nueva normativa será al día siguiente al cual el Gobierno efectúe la publicación de la misma en el Boletín Oficial. Desde dicho momento, todos los contratos de locación que sean firmados entre propietarios e inquilinos tendrán que cumplir con las nuevas disposiciones.
La nueva normativa establece que el mes anticipado y el depósito de garantía no pueden ser superior al equivalente a un mes de alquiler, respectivamente. En cuanto al reintegro del mes de garantía tiene que hacerse en efectivo al momento de la restitución del bien inmueble por un valor equivalente al último mes de alquiler.
El plazo mínimo del contrato de locación se extiende de dos a tres años, con las excepciones del Artículo 1199 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Las expensas derivadas de gastos habituales vinculados a los servicios normales y permanentes quedan a cargo del locatario. Las expensas extraordinarias deben ser abonadas por el locador.
La intermediación solamente puede estar a cargo de un profesional matriculado para el corretaje inmobiliario. Los gastos a cargo del locador pueden ser compensados por el locatario con el importe de los alquileres, previa notificación fehaciente.
En cuanto a la garantía, el locatario debe proponer al menos dos alternativas entre título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o garantía personal del locatario (Recibo de sueldo o certificado de ingresos). El valor de la garantía, el locador no puede requerir garantía que supere el equivalente a cinco veces el valor mensual de la locación, salvo el caso de que la garantía sea de ingresos, en cuyo caso puede elevarse a diez veces.
El monto del alquiler sólo puede ajustarse anualmente aplicando un índice conformado en partes iguales por el índice de precios al consumidor (IPC) y el indicador de la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE).
Todos los contratos de alquiler deben ser declarados ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Se ha creado el Programa Nacional de Alquiler Social para la adopción de medidas que faciliten el acceso a la vivienda digna en alquiler mediante contratación formal. El mismo brindará especial consideración de las personas que sufren violencia de género; la regulación de la actividad de las entidades que otorgan garantías de fianza o seguros de caución; y la promoción de un seguro obligatorio para cubrir las faltas de pago de alquileres y las indemnizaciones por daños y ocupación indebida de inmuebles.
Se dispone el desarrollo de mecanismos de mediación de bajo costo o gratuitos para la resolución de conflictos derivados de los contratos de alquiler.
Bajar modelo de nuevo contrato de locación en formato PDF, requiere Adobe Acrobat Reader.
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Hola yo hice contrato el año pasado con suma fija ,yes menos q la inflacion despues de un año yo lo hice con el 40% y ahora es el 57 se puede hacer algo?
Fuiste inmobiliaria? porque no hiciste el contrato como lo marca la Ley?
HOLA TENGO QUE RENOVAR UN CONTRATO DE ALQUILER EN QUE VALORES ESTA UN DOS AMBIENTES Y SE LO PUEDO HACER POR SEIS MESES CON LA NUEVA LEY? GRACIAS
Si es una prorroga se puede por el tiempo que arreglen entre la partes, igual que el monto del alquiler
Hola tengo q renvar contrato y cuanto es el porcentaje q tengo q pagar y cada 6 meses me siguen cobrando el aumento o por año gracias
Hola buenas tardes tengo que renovar contrato de Cuanto por ciento tiene que ser el incremento ?? Gracias
Hola, que tal. Tengo entendido que cuando renovas no hay un porcentaje estipulado por ley. Es decir, es un acuerdo entre partes. El propietario propone un valor cercano al valor actual del mercado y el inquilino trata de negociar ese valor.
Es así, en una renovación no rige la actualización
Hola buenas tardes. Tengo que renovar contrato y el incremento para este nuevo es del 53%. Me parece un abuso. El porcentaje está regulado en algún lado? Gracias
DECIS LO MISMO EN TODO LO QUE COMPRAS Y AUMENTA MAS DEL 50 % ?