Como lo venimos haciendo habitualmente volvemos a publicar la planilla Excel sencilla la cual le permitirá a los trabajadores del Convenio Colectivo de Comercio realizar su recibo de sueldo y verificar si esta cobrando lo que le corresponde.
El interesado deberá bajar la planilla Excel adjunta y modificar los datos de acuerdo a su categoría, esta realizada en base a un trabajador con una categoría de Administrativo A con una antigüedad de 2 años. Para modificarla deberá poner donde dice 1 la cantidad de años de antigüedad suya y poner la categoría que corresponde para su liquidación con su respectivo básico dado por el Sindicatos de empleados de Comercio.
El mes de enero no hubo modificaciones a lo cobrado en el mes de noviembre pero la publicación se debe a que se publico una correspondiente al mes de diciembre ya que en este se pago la suma adicional.
Esperando que la misma le sea de mucha utilidad y comente todo lo que necesite saber, consultar o si le fue de utilidad
Bajar planilla Excel liquidar sueldo enero/2009 Empleados de Comercio
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Hola Graciela:
Mi consulta es la siguente, como seria la liquidacion de sueldos de media jornada para el mes de enero para comercio, teniendo en cuenta, que la obra social se empieza a aportar por jornada completa?
Saldos
Graciela, yo quisiera saber si las Fundaciones se deben regir por algúna ley de contrato de trabajo para liquidar sueldos.
Te lo pregunto porque yo trabajo en una, nunca me hicieron un contrato, no tengo recibo de sueldo, sólo me hicieron sacar el monotributo y además me están pagando menos que al personal de servicio doméstico.
Para no aumentarnos el sueldo, nos quitaron horas de trabajo. Necesitaría que me orientes en el tema, de ser posible.
Mucnas gracias.
hola
quisera saber como calculan la antiguedad para un empleado de comercio, categoria vendedor b
yo hago el 1.2% por cada año de antig.
gracias por toda la ayuda
nicolas saenz: la mayoría de los conceptos remunerativos los determina principalmente la ley 20744, algunos son: el básico, licencias por enfermedad o accidente, horas extras, comisiones, licencias especiales, etc. Algunas como la antigüedad, adicional por falla de caja, etc son determinados por el convenio de comercio. Las no remuneraticas son actualmente los aumentos del acuerdo abril 2008
mi consulta es por las vacaciones, que sumas son las remunerativas?
para empleado de comercio
muchas gracias