Los empleadores deberán comprar el Libro de Sueldos Jornales de Remuneraciones articulo 52 Ley de Trabajo 20.744, el cual luego debe ser rubricado en el Ministerio de Trabajo que le corresponde por el domicilio fiscal deberán:
- Ingresar a la página del Ministerio de Trabajo http://www.trabajo.gba.gov.ar
- Hacer click sobre el icono de «Gestiones en Línea»
- Seleccione la Opción Rubrica de Libro de Sueldos y Jornales
- Complete los datos requeridos por el sistema
- Imprima la boleta y luego pague la misma en Bapro o Banco Provincia
- Guarde el comprobante del pago
Luego se debe realizar un nota por duplicado dirigida al Delegado Regional (adjunto nota ejemplo) la misma debe estar firmada por el presidente (en caso de tratarse de una Sociedad Anónima) , gerente (en caso de una Sociedad de Responsabilidad Limitada) o Titular (en le caso de una unipersonal) o Apoderados. En todos los casos dicha firma deberá estar certificada por escribano, Juez de Paz, entidad bancaria o por esta Autoridad Administrativa, debiendo acreditar la representatividad invocada, completando íntegramente la información allí indicada.
Presentación y retiro del trámite
La presentación podrá ser efectuada por el interesado, representante, apoderado o un tercero.
El retiro del certificado sólo podrá ser efectuado por el interesado, representante, apoderado o persona autorizada a tal fin.
Documentación que se debe acompañar:
- Fotocopia certificada del estatuto social, el que deberá consignar, además, designación de autoridades y domicilio legal actualizado (sólo para personas jurídicas).
- Constancia de Inscripción en AFIP
- Libro de Sueldos y Jornales articulo 52 Ley de Trabajo 20.744, se deberá completar la primera hoja con los datos de la empresa
- Nota con la Nómina del Personal en la cual deberá constar Nombre y Apellido, CUIL, DNI, Fecha de ingreso a la empresa.
- Constancia de pago del arancel correspondiente establecido por Ley 12.397, que actualmente es de $ 14,00
El tramite demora aproximadamente diez (10) días hábiles si el trámite de solicitud se encuentra íntegramente completo y no se registran deudas con este Organismo.
El trámite finaliza con la entrega del Libro de Sueldos y Jornales debidamente rubricado en todas sus páginas, podrá retirado por el interesado, representante, apoderado o persona autorizada a tal fin, en Sede donde se dejo el mismo
Bajar ejemplo nota presentar al Ministerio de Trabajo
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Mi duda es cuanto tiempo tengo para solicitar la rubrica del segundo libro una vez finalizado el mismo.
Saludos
Gabriela Inmediatamente
Hola Graciela.
Para una empresa Unipersonal es obligatorio Rubricar las hojas móviles?
Tenés algún modelo de NOTA para solicitar el trámite de la rubrica?
DEBORA Si lee este articulo http://www.econoblog.com.ar/15979/ministerio-de-trabajo-aprobacion-de-hojas-moviles/
Hola soy estudiante de la UNNE en Resistencia, Chaco y quisiera saber si estos pasos para llevar el libro de sueldos son aplicables a todas las provincias o si cada una tiene pasos distintos. Muchas gracias
Juan Estos pasos son para provincia de Buenos Aire, no sabría decirte si son los mismo en las otras provincias
Hola quisiera saber si al hacer un segundo libro de sueldos de una persona fisica es necesaria fotocopia o algo del primer libro de sueldos?
Desde ya muchas gracias
Maximiliano cuando vas al ministerio para rubricarlo te piden que lleves el anterior
Hola, queria saber cuales serian los tramites para empezar un libro de sueldos y jornales desde cero, para una persona fisica en la provincia de Buenos Aires , en la localida de Lanus.
lan leistes el articulo?, te explica como hacerlo