La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), por medio de la Resolución General 4828/2020 que fue publicada hoy en el Boletín Oficial, ha otorgado una prórroga a la suspensión de embargos y ejecuciones fiscales hasta el sábado 31 de octubre de 2020. La medida beneficia a un millón de Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) que cuentan con el Certificado MiPyme.
La normativa extiende por un mes más al plazo anteriormente fijado por el Fisco Nacional para dar una ayuda a las Pymes en el actual contexto.
La prórroga es aplicada para dar un alivio a los contribuyentes en el marco del asilamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
En la RG, AFIP destaca que, aún siguen vigentes las razones que motivaron el dictado de las normas anteriores. Por tal motivo, se decidió extender hasta el fin del próximo mes la suspensión de la traba de medidas cautelares y la iniciación de juicios de ejecución fiscal mencionadas.
Por otro lado, con la Resolución General 4825/2020, el organismo recaudador ha extendido la suspensión a las bajas por falta de pago a monotributistas, medida que se aplica desde marzo pasado. Por tal razón, septiembre no se tendrá en cuenta al momento de proceder a la baja cuando un pequeño contribuyente no cumple con el pago de diez cuotas consecutivas tal como lo establece la legislación vigente.
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.