La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, AGIP, de la Capital Federal, mediante la Resolución Nº 631 publicada el día 12 de noviembre de 2010 en el Boletín Oficial, estableció que a partir del 1º de diciembre próximo los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos deberán presentar la declaración jurada anual por Internet, a través de un aplicativo que se va ha encontrar disponible en la página web del organismo.
Los contribuyentes porteños a partir del próximo 1º de diciembre podrán hacer la presentación de la Declaración Jurada anual por Internet.
La flamante resolución agrega que:
- «la autenticación del contribuyente para el acceso a la nueva aplicación se hará efectiva a través de la utilización de la Clave Ciudad porteña».
- Aquellos particulares y Empresas obligados deberán «legalizar la declaración jurada final ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires».
La AGIP también considera implementar otros cambios y entre las modificaciones más importantes que se encuentran en el proyecto del Código Fiscal son:
- Incluir como exenta la actividad de call center. Tratando de contrarrestar el cambio de radicación de este sector.
- Precisar claramente las sumas que corresponden a devoluciones y descuentos y que son susceptibles de deducción en la base imponible del tributo. Esta destinada, para citar un ejemplo, a evitar que las bonificaciones a los supermercados por punta de góndola, sean deducidas del Impuesto.
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