Desde que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA, modificó el instructivo para sellar los contratos privados, existe una nueva reglamentación para poder pagar los sellados de los contratos de alquiler en la provincia de Buenos Aires. Primero se debe ingresar a la página Web del organismo y cargar todos los datos, tanto del locador como del locatario, debiendo ingresar con un CUIT, CUIL o CDI y la “Clave Fiscal” que se obtiene en el organismo recaudador.
Las personas que necesiten realizar un sellado de un contrato de alquiler, como cualquier otro tipo de contrato privado que lleve sello, deberán contar previamente con la “Clave Fiscal” que se obtiene ingresando a la página a través de la opción correspondiente o personalmente en rentas con el DNI, luego:
- Ingresar a la página Web rentas.gba.gov.ar
- Opción Sellos, Instrumentos Privados
- Presentación de la DDJJ y Pagos
- Poner el CUIT, CUIL ó CDI y la Contraseña o “Clave Fiscal”
- Generar Declaración Jurada y cargar todos los datos del contrato de alquiler, locador y locatario,con la finalidad de obtener el formulario para el correspondiente pago del impuesto a los sellos.
Tenga presente que la persona que realiza la presentación de la Declaración Jurada, como bien puede ser un corredor y/o martillero público, se hace solidariamente responsable del impuesto total o parcialmente omitido, intereses, multas y sus accesorios.
Una vez que halla cumplido todos los pasos deberá presionar el botón “Guardar” para cargar,luego los intervinientes declarados y posibles pagos realizados.
Al presionar el botón de “Aceptar” se deberá cargar la fecha probable de pago para luego “Acepta” obteniendo de esta manera el comprobante de pago para la entidad bancaria.
Los medios de pagos son el Banco Provincia, Banco Nación, Banco Ciudad y Provincia Pagos.
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hola, una consulta, estoy viendo un alquiler donde yo me haria cargo de lo sellos, y veo debe como 9000 pesos de arba…. eso influye en los sellos de contrato? puede incluir quiero decir y tener que pagar mas por eso que se debe? o el impuesto es solo en base al contrato? es un porcentaje del monto total del mismo? desde ya muchísimas gracias!!!
guille
El sellado se paga sobre el contrato no importa al deuda de ARBA
Buenas tardes, es verdad que en pcia de bs as no se paga sellado si el destino es vivienda valor propiedad menos de 60. 000? El impuesto me da valor 0. Esta bien cargado los datos?
TENGO UN CONTRATO DE LOCACION VENCIDO, SE PUEDE SELLAR IGUAL? PAGANDO LAS MULTAS CORRESPONDIENTES.DESDE YA GRACIAS
Antonio
Si se puede
Me interesa saber si el sellado de los contratos de alquiler en la provincia de buenos aires debe ser pagado por partes iguales por el locador y el locatario, gracias!!!
Guillermo
La Ley dice eso pero se hace un acuerdo entre partes
Hola consulta un sellado de contrato de alquiler normal es posible que de 0? esto puede ser usado como causal para rescindir el contrato sin abonar ningun tipo de multa? Muchas Gracias
Ines
los datos los cargas vos o quien lo realiza si da 0 algo debe estar mal echo