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Sellados de los Contratos de Alquiler en Provincia de Buenos Aires

Desde que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA, modificó el instructivo para sellar los contratos privados, existe una nueva reglamentación para poder pagar los sellados de los contratos de alquiler en la provincia de Buenos Aires. Primero se debe ingresar a la página Web del organismo y cargar todos los datos, tanto del locador como del locatario, debiendo ingresar con un CUIT, CUIL o CDI y la “Clave Fiscal” que se obtiene en el organismo recaudador. Las personas que necesiten realizar un sellado de un contrato de alquiler, como cualquier otro tipo de contrato privado que lleve sello, deberán contar previamente con la “Clave Fiscal” que se obtiene ingresando a la página a través de […]

Desde que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA, modificó el instructivo para sellar los contratos privados, existe una nueva reglamentación para poder pagar los sellados de los contratos de alquiler en la provincia de Buenos Aires. Primero se debe ingresar a la página Web del organismo y cargar todos los datos, tanto del locador como del locatario, debiendo ingresar con un CUIT, CUIL o CDI y la “Clave Fiscal” que se obtiene en el organismo recaudador.

Las personas que necesiten realizar un sellado de un contrato de alquiler, como cualquier otro tipo de contrato privado que lleve sello, deberán contar previamente con la “Clave Fiscal” que se obtiene ingresando a la página a través de la opción correspondiente o personalmente en rentas con el DNI, luego:

  • Ingresar a la página Web rentas.gba.gov.ar
  • Opción Sellos, Instrumentos Privados
  • Presentación de la DDJJ y Pagos
  • Poner el CUIT, CUIL ó CDI y la Contraseña o  “Clave Fiscal
  • Generar Declaración Jurada y cargar todos los datos del contrato de alquiler, locador y locatario,con la finalidad de obtener el formulario para el correspondiente pago del impuesto a los sellos.

Tenga presente que la persona que realiza la presentación de la Declaración Jurada, como bien puede ser un corredor y/o martillero público, se hace solidariamente responsable del impuesto total o parcialmente omitido, intereses, multas y sus accesorios.

Una vez que halla cumplido todos los pasos deberá presionar el botón “Guardar” para cargar,luego los intervinientes declarados y posibles pagos realizados.

Al presionar el botón de “Aceptar” se deberá cargar la fecha probable de pago  para luego “Acepta” obteniendo de esta manera el comprobante de pago para la entidad bancaria.

Los medios de pagos son el Banco Provincia, Banco Nación, Banco Ciudad y Provincia Pagos.

306 comentarios en “Sellados de los Contratos de Alquiler en Provincia de Buenos Aires”

  1. Buenas tardes, estoy por alquilar una casa a dueño directo. Me enviaron el contrato de alquiler que armamos entre las dos partes por correo firmado por la dueña. Les pido asesoramiento para hacer el sellado. Gracias!

    1. Yamila, porque por correo, los contratos se firman de puño y letra y entre las partes, no le encuentro sentido a un contrato enviado por correo, estas segura que ella lo firmo?¿? Si es así segui estos pasos para sellarlo, peor si llegas a ir a juicio y ella dice yo no lo firme que haces?¿?

      http://www.econoblog.com.ar/18320/sacar-por-internet-la-clave-en-arba-para-sellar-un-contrato/

      http://www.econoblog.com.ar/10783/guia-para-sellar-un-contrato-modificacion-2011/

  2. hola estoy por alquilar la casa que era de mis padres, a una inquilina que es la segunda vez que renueva, por lo tanto lo vamos a hacer por medio de una abogada, y esta me mando a sacar una clave en arba, y que yo tengo que correr con los gastos del sellado. ¿es esto así? y cuanto seria que hay que pagar de sellado si el valor es de 3600 pesos por dos años. muchas gracias.

    1. paula, por ley sellado lo pagan 50% el inquilino y 50% el locatario, pero se acuerda y generalmente lo paga todo el locatario. Es verdad se necesita el CIT para ingresar a realizar el formulario del sellado, también puede ser de cualquiera, incluso de la que hace el contrato que generalmente es la inmobiliaria. Tene en cuenta que las claves son personales si se la entregas a alguien luego cambiala enseguida. el valor locativo es de $3000.- por 24 meses ( sin ninguna modificación?)) 3000.- por 24 = $72.000.- sellado $864. Fijate bien el monto a cobrar que se actualice por lo menos a los 12 meses

      1. Buenas Tardes, firme un contrato de locacion el 3/11/15, hasta cuando tengo tiempo para generar la boleta y pagar el impuesto de ellos de arba? El dueño no quiere pagar el 50% del impuesto de sellos, esta obligado?En el contrato solo dice: «Queda a cargo exclusivo de la parte locatario el pago de los gastos y honorarios que demande la solicitud del medidor de luz para el local alquilado y los consumos posteriores del mismo; el total de los impuestos y tasas que graven el fondo de comercio y la habilitacion municipal dandole de baja a estos ultimos cuando finalice el presente o se rescinde» Aprovecho a comentar que se pudo la direccion viaje del local,entonces para salvar el contrato el dueño escribio,luego de la ultima clausula, «el numero anterior es .numero actuar es corrijo clausula numero dos.y firmo.eso es legal? No hay que hacer el contrato otra vez? El escribano me deberia cobrar de nuevo sus honorarios por haberse equivocado?
        Desde ya muchas gracias.

      2. Erika Lo emendado vale y el sellado si el locador no quiere pagarlo vas a tener que hacerlo vos pero no le des una copia a él, generalmente el pago del sellado se arregla antes de la firma del mismo, vos lo vas a necesitar sellado para todos los tramites y él lo puede llegar a necesitar si hay inconvenientes y lo va a tener que hacer con intereses

  3. Buen día, quería saber si pueden confirmarme lo siguiente. Estoy por alquilar un departamento para uso de vivienda familiar. El locatario quiere cobrarme el sellado 1,5% del total del contrato por dos años, esto es en provincia de Buenos Aires… la consulta específica es: se cobra sellado en alquileres para vivienda familiar en provincia de Buenos Aires, tenía entendido que ese sellado ya no lo paga el locatario pero que los contratos en la Ciudad de Buenos Aires sí se debe pagar… esto es asi?… muchas gracias por su respuesta.

    1. Pablo

      Sellado provincia Buenos Aires es de 1.2% por ley lo pagan la mitad cada uno salvo que arreglen y lo paga el locatario

  4. Hola. Consulta, el monto imponible es por el total del contrato, o por el valor del alquiler mensual. Pregunto esto porque dentro del alquiler me incluyen un valor de expensas fijas y no se si lo tengo que sumar al valor del alquiler para sacar el mínimo imponible. Gracias

  5. hola. consulta: alquilamos con mi pareja un ph a pesos 3000 es por dueño directo. nos hizo contrato y nos dijo que el sellado sale muy caro! asi que si queremos para no pagar ese sellado le tenemos que dar 2400 pesos mas para reforzar la garantia( que fue una entrada de pesos 9000 que nos sera devuelta al finalizar el contrato). mi pregunta cuan caro nos sale el sellado??. gracias.

    1. soeldad

      sellado es el 1.2% del total del contrato por ejemplo si el valor es de $3000.- por 24 meses total contrato sellado sale $864.- algunos locadores no quieren sellarlo ya que se cargan los datos y ARBA sabe que esta cobrando alquileres, pero ese contrato no tiene poder judicial, tampoco te sirve para presentar en edenor, cable, municipalidad, etc para hacer algún tramite

      1. me faltan5 meses para que se termine el contrato (dpto) y quiere rescindirlo seria este mes el ultimo cuando hable con el dueño me dijo que no que el no le convenia que si queria me fuera oero que debia seguir pagando hasta marzo , cuando veo el contrato me doy cuenta que no tiene el timbrado bancario pero a mi me lo cobraron puede el locatario iniciar alguna accion legal

      2. valeria, quizas lo sellaron y vos no te dieron el timbrado, deberías haberlo exigido si es que te lo cobraron, pero de todas maneras no se que dice el contrato pero por Ley vos podes reincidirlo y pagar 1 mes de indemnización si paso mas de un año que alquilas

      3. ok pero si sabe que mas deberia pagar ?? tengo un dpto en capital que alquilo y pago monotributo e IIBB de capital.. ara me tiene que cobrar algo mas ???

      4. pablo, Crei entender que vos ibas a alquilar el Dpto.?¡’ Sos propietario y alquilas y entregas facturas de Monotributo?¿? Por favor hace la pregunta pero completa caso contrario no la entiendo nada. Vos preguntastes por el sellado?¿

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