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Sellados de los Contratos de Alquiler en Provincia de Buenos Aires

Desde que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA, modificó el instructivo para sellar los contratos privados, existe una nueva reglamentación para poder pagar los sellados de los contratos de alquiler en la provincia de Buenos Aires. Primero se debe ingresar a la página Web del organismo y cargar todos los datos, tanto del locador como del locatario, debiendo ingresar con un CUIT, CUIL o CDI y la “Clave Fiscal” que se obtiene en el organismo recaudador. Las personas que necesiten realizar un sellado de un contrato de alquiler, como cualquier otro tipo de contrato privado que lleve sello, deberán contar previamente con la “Clave Fiscal” que se obtiene ingresando a la página a través de […]

Desde que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA, modificó el instructivo para sellar los contratos privados, existe una nueva reglamentación para poder pagar los sellados de los contratos de alquiler en la provincia de Buenos Aires. Primero se debe ingresar a la página Web del organismo y cargar todos los datos, tanto del locador como del locatario, debiendo ingresar con un CUIT, CUIL o CDI y la “Clave Fiscal” que se obtiene en el organismo recaudador.

Las personas que necesiten realizar un sellado de un contrato de alquiler, como cualquier otro tipo de contrato privado que lleve sello, deberán contar previamente con la “Clave Fiscal” que se obtiene ingresando a la página a través de la opción correspondiente o personalmente en rentas con el DNI, luego:

  • Ingresar a la página Web rentas.gba.gov.ar
  • Opción Sellos, Instrumentos Privados
  • Presentación de la DDJJ y Pagos
  • Poner el CUIT, CUIL ó CDI y la Contraseña o  “Clave Fiscal
  • Generar Declaración Jurada y cargar todos los datos del contrato de alquiler, locador y locatario,con la finalidad de obtener el formulario para el correspondiente pago del impuesto a los sellos.

Tenga presente que la persona que realiza la presentación de la Declaración Jurada, como bien puede ser un corredor y/o martillero público, se hace solidariamente responsable del impuesto total o parcialmente omitido, intereses, multas y sus accesorios.

Una vez que halla cumplido todos los pasos deberá presionar el botón “Guardar” para cargar,luego los intervinientes declarados y posibles pagos realizados.

Al presionar el botón de “Aceptar” se deberá cargar la fecha probable de pago  para luego “Acepta” obteniendo de esta manera el comprobante de pago para la entidad bancaria.

Los medios de pagos son el Banco Provincia, Banco Nación, Banco Ciudad y Provincia Pagos.

306 comentarios en “Sellados de los Contratos de Alquiler en Provincia de Buenos Aires”

  1. Otra consulta, y disculpa las molestias, le di al hombre que me va a alquilar el dpto $3.000 (léase tres mil pesos) a modo de SEÑA EN MANO, eso se puede ingresar a la hora de hacer la declaración jurada por arba o tendría que ser depositado en el banco?

    1. Aimpe Te dio recibo? como vas pagar la locación? por banco, se toma como una seña para cuando firmas el contrato te lo puede descotar de lo que le tenes que pagar, o de los gastos

  2. Consulta, voy a alquilar un dpto , EL HOMBRE QUE ME ALQUILA NO ES TITULAR DEL DPTO, es de su madre fallecida, se puede hacer el contrato por arba de igual modo? muchas gracias

  3. Estoy po renovar un contrato de alkiler, es directo dueño / inquilino si no sello el contrato para aminorar la suma, en caso de en un futuro tener algùn problema lo puedo sellar en ese momento, para darle valor. Desde ya Gracias

  4. Graciela, buenos dias, te consulto, alquile un local para poner un negocio, tipo supermercado chico, para sacar el cuit en afip me piden dos constancias de domicilio del negocio, yo solo tengo el contrato entre las partes, si pago el sellado en arba servira como constancia para presentar en afip? gracias

    1. Gabriela si sirve el contrato sellado y le explicas que estas por abrir y no tenes otro servicio a tu nombre

    1. Gustavo, tengo entendido que en provincia de Buenos Aires por ser gratuito no se sella, pero algunos dicen que lo sellan por $1 .- para darle fecha cierta y mas valides. También depende de los términos vertidos en el contrato y por tratarse de un inmueble pueden llegar a establecerse pautas con gastos de por ejemplo conservación a cargo del comodatario, entonces ARBA podrá considerar ese monto como base imponible para el cálculo del gravamen.

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