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Sellados de los Contratos de Alquiler en Provincia de Buenos Aires

Desde que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA, modificó el instructivo para sellar los contratos privados, existe una nueva reglamentación para poder pagar los sellados de los contratos de alquiler en la provincia de Buenos Aires. Primero se debe ingresar a la página Web del organismo y cargar todos los datos, tanto del locador como del locatario, debiendo ingresar con un CUIT, CUIL o CDI y la “Clave Fiscal” que se obtiene en el organismo recaudador. Las personas que necesiten realizar un sellado de un contrato de alquiler, como cualquier otro tipo de contrato privado que lleve sello, deberán contar previamente con la “Clave Fiscal” que se obtiene ingresando a la página a través de […]

Desde que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA, modificó el instructivo para sellar los contratos privados, existe una nueva reglamentación para poder pagar los sellados de los contratos de alquiler en la provincia de Buenos Aires. Primero se debe ingresar a la página Web del organismo y cargar todos los datos, tanto del locador como del locatario, debiendo ingresar con un CUIT, CUIL o CDI y la “Clave Fiscal” que se obtiene en el organismo recaudador.

Las personas que necesiten realizar un sellado de un contrato de alquiler, como cualquier otro tipo de contrato privado que lleve sello, deberán contar previamente con la “Clave Fiscal” que se obtiene ingresando a la página a través de la opción correspondiente o personalmente en rentas con el DNI, luego:

  • Ingresar a la página Web rentas.gba.gov.ar
  • Opción Sellos, Instrumentos Privados
  • Presentación de la DDJJ y Pagos
  • Poner el CUIT, CUIL ó CDI y la Contraseña o  “Clave Fiscal
  • Generar Declaración Jurada y cargar todos los datos del contrato de alquiler, locador y locatario,con la finalidad de obtener el formulario para el correspondiente pago del impuesto a los sellos.

Tenga presente que la persona que realiza la presentación de la Declaración Jurada, como bien puede ser un corredor y/o martillero público, se hace solidariamente responsable del impuesto total o parcialmente omitido, intereses, multas y sus accesorios.

Una vez que halla cumplido todos los pasos deberá presionar el botón “Guardar” para cargar,luego los intervinientes declarados y posibles pagos realizados.

Al presionar el botón de “Aceptar” se deberá cargar la fecha probable de pago  para luego “Acepta” obteniendo de esta manera el comprobante de pago para la entidad bancaria.

Los medios de pagos son el Banco Provincia, Banco Nación, Banco Ciudad y Provincia Pagos.

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306 comentarios en “Sellados de los Contratos de Alquiler en Provincia de Buenos Aires”

  1. Complete el formulario de la pagina de ARBA, y cuando imprimo el fomulario 550 me da cero peso para pagar, saben porque puede ser
    Gracias

  2. Hola queria consultarte dado que el monto que se pago es de acuerdo al monto total del contrato, hay un porcentaje? hay un tope? còmo se sabe de antemano cuanto se paga?
    Muchas Gracias

  3. saludos queria saber que monto se paga por el sellado? y si es verdad que cuando mas firmas tiene mas se paga en sellado?
    porque me pidio la gente que me alquila 500$

    1. adrian

      No dependen de las firmas si del monto total del contrato y de la multa por no haberse sellado en termino, geenralmente el sellado lo paga el inquilino o se dividen los gastos, depende del arreglo pevio

  4. hola el contato de sellado lo puede hacer una persona fisic a comun que no sea ni contador ni abogado ni martillero

  5. Hola Graciela, yo soy la dueña de un inmueble(local) y mi papá tiene el usufructo. Él quiere alquilar dicho local y no pueden asociar la partida de dicho inmueble a su nro de cuit. Vos sabes como se hace en el caso de que exista un usufructo para poder efectuar el sellado?
    Gracias

Los comentarios están cerrados.

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