Desde que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA, modificó el instructivo para sellar los contratos privados, existe una nueva reglamentación para poder pagar los sellados de los contratos de alquiler en la provincia de Buenos Aires. Primero se debe ingresar a la página Web del organismo y cargar todos los datos, tanto del locador como del locatario, debiendo ingresar con un CUIT, CUIL o CDI y la “Clave Fiscal” que se obtiene en el organismo recaudador.
Las personas que necesiten realizar un sellado de un contrato de alquiler, como cualquier otro tipo de contrato privado que lleve sello, deberán contar previamente con la “Clave Fiscal” que se obtiene ingresando a la página a través de la opción correspondiente o personalmente en rentas con el DNI, luego:
- Ingresar a la página Web rentas.gba.gov.ar
- Opción Sellos, Instrumentos Privados
- Presentación de la DDJJ y Pagos
- Poner el CUIT, CUIL ó CDI y la Contraseña o “Clave Fiscal”
- Generar Declaración Jurada y cargar todos los datos del contrato de alquiler, locador y locatario,con la finalidad de obtener el formulario para el correspondiente pago del impuesto a los sellos.
Tenga presente que la persona que realiza la presentación de la Declaración Jurada, como bien puede ser un corredor y/o martillero público, se hace solidariamente responsable del impuesto total o parcialmente omitido, intereses, multas y sus accesorios.
Una vez que halla cumplido todos los pasos deberá presionar el botón “Guardar” para cargar,luego los intervinientes declarados y posibles pagos realizados.
Al presionar el botón de “Aceptar” se deberá cargar la fecha probable de pago para luego “Acepta” obteniendo de esta manera el comprobante de pago para la entidad bancaria.
Los medios de pagos son el Banco Provincia, Banco Nación, Banco Ciudad y Provincia Pagos.
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si tengo varios depto en alquiler al sellar los contratos debo pagar otro impuesto
sergio
El sellado es le mismo Per te tenes que inscribir en la AFIP e ingresos brutos como que alquilas mas de 3 Dtos
Hace un mes tramité mi clave fiscal ante AFIP. La clave fiscal de ARBA es la misma que tramité ante la AFIP o tengo que sacar una clave fiscal nueva para ARBA ???
Gracias y me fue muy claro lo explicado.
Saludos:
Matias.
Matias
Muchas gracias. No es la misma en ARBA es CIT Te paso un articulo fijate si la podes sacar por Internet
http://www.econoblog.com.ar/18320/sacar-por-internet-la-clave-en-arba-para-sellar-un-contrato/
Consulta, una inmobiliaria me quiere hacer pagar el sellado de arba q es el %1.2 sobre el total del contrato (voy a alquilar) no le corresponde al propietario ese gasto y no al inquilino. Saludos y gracias.
Maximiliano
Legalmente los sellados se pagan 50 y 50%, en la practica lo paga el inquilino pero es un acuerdo entre partes
cual es el porsentaje a pagar de sellado en alquiler de una vivienda y cuàl es la multa por retrzo???
Sandra
1.2% del total del contrato y el interes el 3% mensual
Hola, les hago una consulta. Yo alquilo una casa en Haedo, todavia no me dan el contrato sellado y ya pague todo, me dicen de la inmobiliaria, que tengo darles la clave fiscal de arba porque el dueño no puede tiene algunos inconvenientes. Tengo entendido que la la declaracion del contrato en arba la hace el locador o la inmobiliaria no es asi? Les agradezco que me ayuden con esta duda. Saludos y gracias
Ulises
La hace el que se hace cargo del pago si ya le diste la plata lo puede hacer la inmobiliaria el que pone la clave es responsable del pago del sellado