La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2538 modifico a partir de los sueldos del mes de diciembre de 2008, el importe mensual de los aportes del Seguro de Salud que deben ingresar los dadores de trabajo de los trabajadores del servicio doméstico, por cada uno de éstos, los importes que, de acuerdo con las horas semanales trabajadas y la condición de los trabajadores — activo o jubilado —, son los que siguientes:
a) Por cada trabajador activo:
HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE | IMPORTE A PAGAR | IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA | |
APORTES | CONTRIBUCIONES | ||
Desde 6 a menos de 12 | $ 20.- | $ 8.- | $ 12.- |
Desde 12 a menos de 16 | $39.- | $ 15.- | $ 24.- |
16 o más | $81.75 | $ 46.75 | $ 35.- |
b) Por cada trabajador jubilado:
HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE | IMPORTE A PAGAR | IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA | |
APORTES | CONTRIBUCIONES | ||
Desde 6 a menos de 12 | $ 12.- | $ 12.- | |
Desde 12 a menos de 16 | $ 24.- | $ 24.- | |
16 o más | $ 35.- | $ 35.- |
Se consignan —a modo de ejemplo— las diferencias a ingresar por el trabajador doméstico activo y mayor de 18 años, inclusive, en función de los dadores de trabajo y la cantidad de horas trabajadas semanalmente.».
El pago de las diferencias mensuales de importes correspondientes a los regímenes y períodos que se indican hasta el 16 de febrero de 2009.
- Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico: devengado diciembre de 2008.
A tal fin, se deberán utilizar los formularios y códigos que se detallan seguidamente:
Régimen | Formularios | Códigos | Diferencias de importes por Obra Social | |
Titular/Dador de Trabajo | Cada integrante del Grupo Familiar | |||
16 horas o más trabajadas semanalmente | ||||
Servicio Doméstico | F.575 | 302-895-895 | $ 9.75 | $ 8.- |
Se prorroga la fecha de vencimiento de las obligaciones correspondientes a los períodos que se indican a continuación hasta el 16 de febrero de 2009, inclusive:
- Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico: devengado enero de 2009.
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Liliana:
Ela umento fue para la obra social lo cual debe pagar la tarbajadora dadora de trabajo $35 trabajadora $46.75
hola quisiera saber si nunca le di de alta a la obra social, puedo de dejar de pagarla??, pa mi es un gasto innecesario, porq tambien no aumenta el aport, siempre sale perdiendo la empleada.
seria justo que el gasto se compartiera con el patron,
Buenas tardes, gracias por toda la información,yo estoy abonando con el aumento form.102- $ 81.75, mi preg es cuanto me corresponde y cuanto a la empleada( aunque yo no se lo descuente,para estar actualizada) muchas gracias
Quisiera saber si el aporte de obra social de los integrantes del grupo familiar aumentaron también. Hasta diciembre 2008 eran de $ 31.- El formulario 575 sigue siendo el mismo pero supongo que debe haber aumentado también. Gracias!
Hola ani:
$46.75