Firma de contrato de alquiler

Ley Nº 26.474 – Modificación Ley de Contrato de trabajo

El Gobierno publico y oficializo la Reforma a la Ley de Contrato de Trabajo mediante la Ley Nº 26.474, la misma se trata de una modificación realizada sobre los alcances del contrato de trabajo «a tiempo parcial» y establece qué requisitos deben producirse para que una relación de trabajo pueda ser considerada como celebrada bajo esa condición. La nueva norma establece que esa modalidad de trabajo se producirá cuando: El trabajador se obliga a prestar servicios durante un determinado número de horas al día o a la semana, inferiores a las dos terceras (2/3) partes de la jornada habitual de la actividad. En este caso la remuneración no podrá ser inferior a la proporcional, que le corresponda a un trabajador […]

El Gobierno publico y oficializo la Reforma a la Ley de Contrato de Trabajo mediante la Ley Nº 26.474, la misma se trata de una modificación realizada sobre los alcances del contrato de trabajo «a tiempo parcial» y establece qué requisitos deben producirse para que una relación de trabajo pueda ser considerada como celebrada bajo esa condición.

La nueva norma establece que esa modalidad de trabajo se producirá cuando:

  • El trabajador se obliga a prestar servicios durante un determinado número de horas al día o a la semana, inferiores a las dos terceras (2/3) partes de la jornada habitual de la actividad.
  • En este caso la remuneración no podrá ser inferior a la proporcional, que le corresponda a un trabajador a tiempo completo, establecida por ley o convenio colectivo, de la misma categoría o puesto de trabajo.
  • Advirtiendo que si la jornada pactada supera esa proporción, el empleador deberá abonar la remuneración correspondiente a un trabajador de jornada completa.
  • Estableciendo que la violación del límite de jornada establecido para el contrato a tiempo parcial generará la obligación del empleador de abonar el salario correspondiente a la jornada completa para el mes en que se hubiere efectivizado la misma, ello sin perjuicio de otras consecuencias que se deriven de este incumplimiento.

107 comentarios en “Ley Nº 26.474 – Modificación Ley de Contrato de trabajo”

  1. Ya se han manifestado los sindicatos al respecto? No he leido nada acerca de la postura que tomaran los distintos gremios.
    Me interesa saber sobre todo la posición que ha tomado UOCRA al respecto.
    Muchas gracias

  2. Jimena Pablo Susy:

    Esto significa que a partir del mes de febrero practicamente no va a haber trabajadores con jornadas reducida ya que los sindicatos seran los encargados de decir a los empledores cuanto personal deberan tener a tiempo parcial de lo contario todos deberan cobrar como jornadas completas y por ende pagaran aportes no solo a la obra social sino a tambien al sindicato y jubilacion

  3. hola, yo mucho no entiendo de esto por eso queria saber si me podias explicar de manera simple que significa esta modificacion en lo q a mi trabajo respecta.
    Yo trabajo con una antiguedad de 2 años de lunes a viernes de 9 a 14 hs por el momento ya que tengo una niña menor de 1 año sino mi horario seria de 9 a 15 hs, pertenesco a empleados de comercio y mi remuneracion es de 1200 en total, esto esta bien pago? ya q lei en la tabla de empleados de comercio que tendria q ser de 1700
    explicame por favor, agradesco tu atencion
    susy

  4. los aportes y contribuciones para la obra social se calculan como si la jornada fuera de tiempo completo, y esto se aplica todos los trabajadores a tiempo parcial.

  5. Graciela, lei en la norma que se «Los aportes y contribuciones para la obra social serán los que correspondan a un trabajador, de tiempo completo de la categoría en que se desempeña el trabajador. » Esto se aplica a todos los trabajadores de tiempo parcial o sólo a los que superan los 2/3?
    Gracias por tu ayuda

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