Firma de contrato de alquiler

Ley Nº 26.474 – Modificación Ley de Contrato de trabajo

El Gobierno publico y oficializo la Reforma a la Ley de Contrato de Trabajo mediante la Ley Nº 26.474, la misma se trata de una modificación realizada sobre los alcances del contrato de trabajo «a tiempo parcial» y establece qué requisitos deben producirse para que una relación de trabajo pueda ser considerada como celebrada bajo esa condición. La nueva norma establece que esa modalidad de trabajo se producirá cuando: El trabajador se obliga a prestar servicios durante un determinado número de horas al día o a la semana, inferiores a las dos terceras (2/3) partes de la jornada habitual de la actividad. En este caso la remuneración no podrá ser inferior a la proporcional, que le corresponda a un trabajador […]

El Gobierno publico y oficializo la Reforma a la Ley de Contrato de Trabajo mediante la Ley Nº 26.474, la misma se trata de una modificación realizada sobre los alcances del contrato de trabajo «a tiempo parcial» y establece qué requisitos deben producirse para que una relación de trabajo pueda ser considerada como celebrada bajo esa condición.

La nueva norma establece que esa modalidad de trabajo se producirá cuando:

  • El trabajador se obliga a prestar servicios durante un determinado número de horas al día o a la semana, inferiores a las dos terceras (2/3) partes de la jornada habitual de la actividad.
  • En este caso la remuneración no podrá ser inferior a la proporcional, que le corresponda a un trabajador a tiempo completo, establecida por ley o convenio colectivo, de la misma categoría o puesto de trabajo.
  • Advirtiendo que si la jornada pactada supera esa proporción, el empleador deberá abonar la remuneración correspondiente a un trabajador de jornada completa.
  • Estableciendo que la violación del límite de jornada establecido para el contrato a tiempo parcial generará la obligación del empleador de abonar el salario correspondiente a la jornada completa para el mes en que se hubiere efectivizado la misma, ello sin perjuicio de otras consecuencias que se deriven de este incumplimiento.

107 comentarios en “Ley Nº 26.474 – Modificación Ley de Contrato de trabajo”

  1. Ahora bien, seguramente esto no va a suceder, pero este aqui que yo entre de vacaciones a principios de marzo hasta el 20, supuestamente a nosotros nos toman el mes de 15 a 15 o sea que del 15 de febrero al 15 de marzo ya esta bajo la nueva ley igualmente el proximo sueldo ya corresponde al mes de febrero,aunque pretendan que firme una nueva base de contratacion con fecha anterior a la real (se entiende?) yo las horas digamos de «diferentcia» no las trabaje… Se interpreta? Lo que quiero estar seguro y hacia este punto va mi consulta, es correcto que yo reclame que el proximo recibo que pertenece al periodo de febrero este liquidado como jornada completa??? Ademas, que de esto no estoy seguro como interpretarlo, si ellos toman de 15 a 15 en el anterior tengo medio mes dentro de la nueva ley a 32 horas semanales cumplidas. Igualmente en el recibo figura como mes de enero… Desde ya mil gracias… Trabajo para cencosud si te sirve de referencia

  2. Hola, esta muy buena la pagina. He leido todos los comentarios acerca de esta ley. Ahora, pregunto a Graciela: Si la ley dice «Si la jornada pactada supera esa proporcion (mayor o igual a 2/3), el empleador debera ABONAR la remuneracion correspondiente a un trabajador de jornada completa.» EN NINGUN LUGAR DICE Q EL TRABAJADOR DEBE AUMENTAR SUS HORAS TRABAJADAS. Concretamente la pregunta es POR QUE GRACIELA DICE Q LOS TRABAJADORES TIENEN Q TRABAJAR JORNADA COMPLETA?. MUCHAS GRACIAS. (CLAUDIO, CONSEJO PROF CS ECONOMICAS – ROSARIO) (ACA LA LEY TODAVIA NO LLEGO (MARZO 2009))

  3. debido a ésta modificación de ley me descuentan 6% para obra social, cuando antes me descontaban solo el 3%, es esto correcto?

Los comentarios están cerrados.

Salir de la versión móvil