El Gobierno Nacional mediante la Resolución General Nº 1.297/2010 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social otorga el aumento para el salario de los trabajadores del Servicio Doméstico en un 23% a partir del 1º de noviembre de 2010. El valor horario se eleva de los actuales $10.78 a $12.- como así también reciben el incremento todas las restantes categorías de los trabajadores de las casas particulares.
Fueron aumentados los salarios del servicio doméstico a partir del 1º de noviembre de 2010, los cuales no recibían ninguna suba desde hace exactamente un año.
El decreto señala que:
«el incremento dispuesto para este colectivo de trabajadores habrá de acompañar y potenciar el crecimiento equitativo de la economía como asimismo de la situación socioeconómica general».
A partir de ahora, el nuevo esquema vigente es el siguiente:
CATEGORÍA |
ACTIVIDAD DESARROLLADA |
Noviembre de 2009 |
A partir de Noviembre de 2010 |
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Personal Con Retiro 8 horas |
Personal Sin Retiro |
Personal Con Retiro 8 horas |
Personal Sin Retiro |
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PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1656.72 | $ 1846.70 | $ 2037.77 | $ 2271.44 |
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. | $ 1537.54 | $ 1713.36 | $ 1891.17 | $ 2107.43 |
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 1502.14 | $ 1847.63 | ||
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $ 1347.56 | $ 1657.50 | ||
QUINTA |
Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias |
$ 1347.56 | $ 1657.50 | ||
Por hora | $10.27 | $12.63 | |||
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. |
$ 673.78 |
$ 828.75 |
|||
Por cada hora de excedencia |
$10.27 | $12.55 |
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Hola Graciela…
Yo otra vez pero como éste finde ya entrevísto a 2 és que quiero tener claro sueldo, tareas a desempeñar ya las tengo más que claras.- Te pregunto..el sueldo actual de Dama de Compañía SIN RETIRO sería de LUNES A LUNES.? Porque la que quede quiero darle un «franco» de sabado a domingo (yo la relevaría), si así no és..decíme como sería el sueldo CON UN FRANCO o si también..depende trabajos a realizar.- Gracias…
Maribel
Te paso una guia práctica que te va a ayudar
http://www.econoblog.com.ar/323/guia-practica-del-regimen-del-servicio-domestico/
Gracias Graciela…
Sin apuro..pero quisiera me guíes como debería liquidárle la indemnización a la cuidadora, ya que el día de ayer le confirmé que debería cambiárla x una que pueda con cama a mas tardar mes próximo e..inmediatamente me dijo que debía indemnizarla.- Si bien oportunamente yo la contraté SIN CAMA xque no había necesidád para ello..con el fallecimiento de papá..los médicos de mamá me lo vienen aconsejando hace 7 meses (x razones económicas aún no lo hice) y viendo que tuve que poner 3 CUIDADORAS..otra no me queda sino..me voy a fundir Graciela.- Cualquier pregunta que quieras hacérme..acá te respondo.- Gracias… y gracias también x la aclaración de Dama de Compañía..eso sí..con el aumento no voy a poder pagárle lo que le corresponde, porque un franco debo dárle y ese día..otra deberá cubrírme unas horas x lo menos.-
Maribel
La indemnización es medio sueldo por año de antiguedad ,mas 5 o 10 días d epreaviso dependiendo de la antiguedad. Llega a un acuerdo en el Ministerio de Trabajo para evitar incovenientes futuros
Hola Graciela..yo nuevamente..perdón…
Te cuento que la cuidadora de mamá se me vá de vacaciones y ya me confirmó, no me deja reemplazo, un problemón para mi que si bien la relevo los finde y feriados..imposible relevárla en sus vacaciones xque yo trabajo de lunes a viernes.! en fín..ojalá pueda conseguir diréctamente otra persona, de aquí mi pregunta xque no tengo idea.- Ya quisiera una Cuidadora Con Cama..de Domingo a la tarde hasta Sabado a la tarde, podrías guiárme a nível sueldo que debería pagárle.? porque si bien le tocaría hacer lo básico de Servicio Doméstico..su función en sí sería otra, y no veo en ningún lado Sueldos Cuidadoras, me refiero a que no encuadran dentro de ninguna de las categorías.- Bueno..aguardo tu respuesta Graciela y como siempre…Muchas Gracias…
Maribel
Dama de compañías es la categoría
Hola Graciela, tengo una empleada doméstica que trabaja 6 horas y media de lunes a viernes desde hace dos años y quiero saber si por ley le corresònde el plus por vacaciones. Yo la tengo en blanco.
De ser así cómo lo calculo, yo le pago $1000 por mes. Gracias
Bernarda
Si le corresponden 10 días hábiles por mes. Cálculo 1000/25×10=$400.- resto del mes 1000/30sx20=$666.60
Hola Graciela! Feliz Año!
Estoy buscando nuevamente empleada doméstica y me piden que les pague viáticos.
Pensaba ofrecer $1.800 por 8 hs diarias, de lunes a viernes. Pero con los viáticos, según de donde vienen, se me van los números.
Puedo ofrecer $1.700 + viáticos? que será variable si es que falta o cuando se tome vacaciones.
Si hago así, en el recibo como lo pongo??
Y entran los viáticos en el cálculo de aguinaldo/vacaciones/liquidación final?
Muchas Gracias!!!
FLORENCIA
Viaticos no se pagan en servicio domestico, salvo arreglo pero ofrece menos del salario minimo y sumale los viaticos, si van incluidos en vacaciones y aguinaldo