Mediante la resolución general 2234 la AFIP publicó las nuevas tablas que deberán tener en cuenta quienes efectuen la retención del impuesto a las ganancias. Esté se aplica a las remuneraciones, incluye sueldos de empleados publicos, jubilaciones y pensiones; honorarios y sueldos y jornales en relación de dependencia. Dicha tablas se aplicara a partir del año 2007, por lo que corresponde en Abril realizar el ajuste retroactivo. Dicha Ley prevee un mínimo que se necesita para vivir.
SE PUEDEN DESCONTAR:
ANUALES CONCEPTO MENSUAL
$ 7.500,00 Ganancia Mínima $ 625,00
$ 28.500,00 Dedución especial $ 2.375,00
Cargas de familia
ANUALES CONCEPTO MENSUAL
$ 6.000,00 CONYUGE $ 500,00
$ 3.000,00 Hijo menor de 24 años $ 250,00
$ 3.000,00 Pariente a cargo $ 250,00
Para poder descontar las cargas de familia c/u no puede tener ingresos superiores a $ 7,500.- anuales.
Además se puede descontar:
Seguro de vida $ 996.23
Gastos por sepelio familiar a cargo $ 996.23
Planes de seguro privado de retiro $ 1.261.16
Gastos médicos honorarios profesionales el 40 % de lo pagado
Cuota Medicina privada ambas que no supere 5% Ganancia Neta.
Intereses de préstamo hipotecario otorgados Bco. Nación ó Provincia hasta $ 20.000.-
De acuerdo a las ganancias netas se reducirá, aplicando sobre importe de las deducciones los siguientes porcentajes de disminución.
GANANCIA NETA DISMINUCION
Más de $ Hasta $ %
$ – $ 48.000,00 0%
$ 48.000,00 $ 65.000,00 10%
$ 65.000,00 $ 91.000,00 30%
$ 91.000,00 $ 130.000,00 50%
$ 130.000,00 $ 195.000,00 70%
$ 195.000,00 $ 221.000,00 90%
$ 221.000,00 en adelante 100%
Escala del Impuesto a las Ganancias 4ta. Categoria Regimen de Retenciones
Regimen de la Resolución General (AFIP) 1261 art. 90 Anexo Escalas
TRAMOS DE ESCALAS DEL IMPUESTO, IMPORTES ACUMULADOS
GANANCIA NETA PAGARAN
De más de $ A $ SUMA FIJA Más el % Lo que exede a
MES De más de $ a $ SUMA FIJA % Lo que exede a
$ $ 833,33 $ – 9% $ –
$ 833,33 $ 1.666,67 $ 75,00 14% $ 833,33
$ 1.666,67 $ 2.500,00 $ 191,67 19% $ 1.666,67
$ 2.500,00 $ 5.000,00 $ 350,00 23% $ 2.500,00
$ 5.000,00 $ 7.500,00 $ 925,00 27% $ 5.000,00
$ 7.500,00 $ 10.000,00 $ 1.600,00 31% $ 7.500,00
ENERO $ 10.000,00 en adelante$ 2.375,00 35% $ 10.000,00
$ $ 1.666,67 $ – 9% $ –
$ 1.666,67 $ 3.333,33 $ 150,00 14% $ 1.666,67
$ 3.333,33 $ 5.000,00 $ 383,33 19% $ 3.333,33
$ 5.000,00 $ 10.000,00 $ 700,00 23% $ 5.000,00
$ 10.000,00 $ 15.000,00 $ 1.850,00 27% $ 10.000,00
$ 15.000,00 $ 20.000,00 $ 3.200,00 31% $ 15.000,00
FEBR. $ 20.000,00 en adelante $ 4.750,00 35% $ 20.000,00
$ $ 2.500,00 $ – 9% $ –
$ 2.500,00 $ 5.000,00 $ 225,00 14% $ 2.500,00
$ 5.000,00 $ 7.500,00 $ 575,00 19% $ 5.000,00
$ 7.500,00 $ 15.000,00 $ 1.050,00 23% $ 7.500,00
$ 15.000,00 $ 22.500,00 $ 2.775,00 27% $ 15.000,00
$ 22.500,00 $ 30.000,00 $ 4.800,00 31% $ 22.500,00
MARZO$ 30.000,00 en adelante $ 7.125,00 35% $ 30.000,00
$ $ 3.333,33 $ – 9% $ –
$ 3.333,33 $ 6.666,67 $ 300,00 14% $ 3.333,33
$ 6.666,67 $ 10.000,00 $ 766,67 19% $ 6.666,67
$ 10.000,00 $ 20.000,00 $ 1.400,00 23% $ 10.000,00
$ 20.000,00 $ 30.000,00 $ 3.700,00 27% $ 20.000,00
$ 30.000,00 $ 40.000,00 $ 6.400,00 31% $ 30.000,00
ABRIL $ 40.000,00 en adelante $ 9.500,00 35% $ 40.000,00
$ $ 4.166,67 $ – 9% $ –
$ 4.166,67 $ 8.333,33 $ 375,00 14% $ 4.166,67
$ 8.333,33 $12.500,00 $ 958,33 19% $ 8.333,33
$ 12.500,00 $ 25.000,00 $ 1.750,00 23% $ 12.500,00
$ 25.000,00 $ 37.500,00 $ 4.625,00 27% $ 25.000,00
$ 37.500,00 $ 50.000,00 $ 8.000,00 31% $ 37.500,00
MAYO $ 50.000,00 en adelante $ 11.875,00 35% $ 50.000,00
$ $ 5.000,00 $ – 9% $ –
$ 5.000,00 $10.000,00 $ 450,00 14% $ 5.000,00
$ 10.000,00 $ 15.000,00 $ 1.150,00 19% $ 10.000,00
$ 15.000,00 $ 30.000,00 $ 2.100,00 23% $ 15.000,00
$ 30.000,00 $ 45.000,00 $ 5.550,00 27% $ 30.000,00
$ 45.000,00 $ 60.000,00 $ 9.600,00 31% $ 45.000,00
JUNIO $ 60.000,00 en adelante $ 14.250,00 35% $ 60.000,00
$ $ 5.833,33 $ – 9% $ –
$ 5.833,33 $ 11.666,67 $ 525,00 14% $ 5.833,33
$ 11.666,67 $ 17.500,00 $ 1.341,67 19% $ 11.666,67
$ 17.500,00 $ 35.000,00 $ 2.450,00 23% $ 17.500,00
$ 35.000,00 $ 52.500,00 $ 6.475,00 27% $ 35.000,00
$ 52.500,00 $ 70.000,00 $ 11.200,00 31% $ 52.500,00
JULIO $ 70.000,00 en adelante $ 16.625,00 35% $ 70.000,00
$ $ 6.666,67 $ – 9% $ –
$ 6.666,67 $ 13.333,33 $ 600,00 14% $ 6.666,67
$ 13.333,33 $ 20.000,00 $ 1.533,33 19% $ 13.333,33
$ 20.000,00 $ 40.000,00 $ 2.800,00 23% $ 20.000,00
$ 40.000,00 $ 60.000,00 $ 7.400,00 27% $ 40.000,00
$ 60.000,00 $ 80.000,00 $ 12.800,00 31% $ 60.000,00
AGOS. $ 80.000,00 en adelante $ 19.000,00 35% $ 80.000,00
$ $ 7.500,00 $ – 9% $ –
$ 7.500,00 $ 15.000,00 $ 675,00 14% $ 7.500,00
$ 15.000,00 $ 22.500,00 $ 1.725,00 19% $ 15.000,00
$ 22.500,00 $ 45.000,00 $ 3.150,00 23% $ 22.500,00
$ 45.000,00 $ 67.500,00 $ 8.325,00 27% $ 45.000,00
$ 67.500,00 $ 90.000,00 $ 14.400,00 31% $ 67.500,00
SEPT. $ 90.000,00 en adelante $ 21.375,00 35% $ 90.000,00
$ $ 8.333,33 $ – 9% $ –
$ 8.333,33 $ 16.666,67 $ 750,00 14% $ 8.333,33
$ 16.666,67 $ 25.000,00 $ 1.916,67 19% $ 16.666,67
$ 25.000,00 $ 50.000,00 $ 3.500,00 23% $ 25.000,00
$ 50.000,00 $ 75.000,00 $ 9.250,00 27% $ 50.000,00
$ 75.000,00 $ 100.000,00 $ 16.000,00 31% $ 75.000,00
OCT. $ 100.000,00 en adelante $ 23.750,00 35% $ 100.000,00
$ $ 9.166,67 $ – 9% $ –
$ 9.166,67 $ 18.333,33 $ 825,00 14% $ 9.166,67
$ 18.333,33 $ 27.500,00 $ 2.108,33 19% $ 18.333,33
$ 27.500,00 $ 55.000,00 $ 3.850,00 23% $ 27.500,00
$ 55.000,00 $ 82.500,00 $ 10.175,00 27% $ 55.000,00
$ 82.500,00 $ 110.000,00 $ 17.600,00 31% $ 82.500,00
NOV. $ 110.000,00 en adelante $ 26.125,00 35% $ 110.000,00
$ $ 10.000,00 $ – 9% $ –
$ 10.000,00 $ 20.000,00 $ 900,00 14% $ 10.000,00
$ 20.000,00 $ 30.000,00 $ 2.300,00 19% $ 20.000,00
$ 30.000,00 $ 60.000,00 $ 4.200,00 23% $ 30.000,00
$ 60.000,00 $ 90.000,00 $ 11.100,00 27% $ 60.000,00
$ 90.000,00 $120.000,00 $ 19.200,00 31% $ 90.000,00
DIC. $ 120.000,00 en adelante $ 28.500,00 35% $ 120.000,00
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Hola, no entiendo en que cambio la metodologia para el calculo. Antes del cambio o eliminacion de la tabla de Machinea.
Yo trabajaba con las tablas:
* G-2 (IMPORTE DE LAS DEDUCCIONES ACUMULADAS, CORRESPONDIENTE A CADA MES)
*G-1 (IMPORTE DE LAS DEDUCCIONES ACUMULADAS, CORRESPONDIENTE A CADA MES – TRAMOS DE ESCALA(ART.90) – IPORTES ACUMULADOS)
y
*G-U (PORCETAJE DE DISMINUCION DE LAS DEDUCCIONES DEL ARTÍCULO23 – TRAMOS DE ESCALA. IPORTES ACUMULADOS PARA CADA MES)
mi pregunta es ¿como y conque se calcula ahora?.
muchas gracias.
Hola ,
es posible,periodo fiscal 2009,descontar de ganancias 4ta categoria la cuota del colegio privado. El mismo tiene un 30% de subencion del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Para aclarar las dudas y consultas 462; 463 y 464, por propia experiencia
Monto mínimo no imponible en general para todo el año o aplicar proporción por períodos menores, si prefieren mensual dividir por 12
Ganancias no Imponibles ART. 23 Inc. A) 9.000,–
ART.23 Inc. C) 3er. Párrafo 43.200,–
Deducción por cargas de familia
Cuando las personas a cargo no tengan entradas en el año superiores a $ 9.000,–
1.CONYUGE ART.23 Inc.B) Pto. 1 10.000,–
2.HIJO/A HIJASTRO/ Menor de 24 años o incapacitado Para trabajar ART. 23 Inc. B) Pto. 2 5.000,–
3. Descendientes en línea recta, Nieto/a, Bisnieto/a,
Ascendientes (Padre, Madre, Abuelo/a etc.) Hermano/a
Suegro/a, Terno, Nuera.-
ART. 23 Inc. B) Pto. 3 3.750,–
Otras deducciones generales ART. 81
Intereses pagados de créditos hipotecarios de la vivienda única hasta 20.000,–
Donaciones a Fisco Nacional, Provinciales y Municipales, etc. Hasta el 5% de la ganancia neta
Cuotas a Obras Sociales Prepagas Hasta el 5% de la ganancia neta
Honorarios Médicos y Paramédicos Hasta el 40% de lo facturado sin Superar el 5% de la ganancia neta
Aportes al Pami se deduce el 100%
Deducciones por Leyes Nacionales, Provinciales y Municipales se deduce el 100%
Primas de Seguro de vida Hasta 1.261,16
Servicio Doméstico , Retribución y contribuciones Hasta 9.000,–
EJEMPLO DE UN CALCULO BASICO PROYECTADO A DIC 2009
Total bruto del beneficio + aguinaldos, a percibir durante el año
De una jubilación de 5.500,– mensuales 6.500 x 13 $ 84,500,–
Descto. Por Ley 24463 Art. 9 (Tope del beneficio 5.500,–) $ 13.000,–
Descuento Obra Social PAMI 3% s/827 + 6% s/4.673 x 13 $ 3.950,–
A)Subtotal de Renta percibida $ 67.550,–
Monto no imponible más deducciones según cada caso
Ejemplo para familia sin hijos
Ganancia no Imponible $ 9.000,–
Deducción especial $ 43.200,–
Por cónyuge $ 9.000,–
B) Total del monto no Imponible básico sin otras deducciones $ 62.200,–
A) – B)
Ganancia neta sujeta a aporte es para el año de…………….. $ 5.350,–
Impuesto a pagar en el año según escala es aproximadamente $ 560,–
Pueden incluir como deducciones a la ganancia neta sujeta a impuesto los, según corresponda en cada caso, Hijos/as y demás parientes directos a su cargo, Cuotas a Obras Sociales Prepagas, Seguros de Vida, Intereses Hipotecarios, etc.,
Recomiendo entrar en la página web de la afip y utilizar el simulador de liquidación del impuesto a las ganancias y así obtener una preliquidación del mismo.-
JUBILADOS no olvidarse de presentar el F 572 AFIP en la ANSES sita en Av. P. Colón 239 Cap. Fed. 4to.Piso , para evitar que les descuenten impuestos sin tomar en cuenta las deducciones por carga de familia y otras.-
Para Responder a Ramon sobre consultas 437 y 441
Por el importe del beneficio que percibe y siendo casado no está alcanzado por el impuesto a las ganancias.- Lo que ocurre es que la ANSES si no recibe la declaración jurada de la AFIP Form. 572, donde se declaran las cargas de familia y demás deducciones, lo considera como soltero.-
Por eso es conveniente presentar dicha declaración en ANSES Av. Colón 239 Cap. Fed. 4to. Piso, al comienzo de cada año para que incluyan las deducciones y liquiden bien el impuesto a las ganancias
buenos dias mi consulta es si las deducciones son mayores al monto sobre el cual se calcula el impuesto yy por lo tanto obtengo un saldo negativo, si se puede compensar con el monto a pagar del mes siguiente