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Planilla Excel: Liquidar Vacaciones Empleados de Comercio mes de Noviembre de 2010

En esta época del año comienza la necesidad de los cálculos para las tan ansiadas vacaciones anuales de los trabajadores. A pedido de nuestros visitantes en esta oportunidad ponemos a su disposición una planilla Excel para los Empleados de Comercio pertenecientes al Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, según el sueldo del mes de noviembre de 2010, con las modificaciones del último acuerdo salarial del mes de junio del corriente. El CCT de los Empleados de Comercio indica que se deben conceder las vacaciones que fija la Ley de Contrato Laboral Nº 20.744, con sus disposiciones,  por lo tanto de acuerdo a la antigüedad de cada trabajador le corresponden los siguientes días: 14 días corridos si no excede los […]

En esta época del año comienza la necesidad de los cálculos para las tan ansiadas vacaciones anuales de los trabajadores. A pedido de nuestros visitantes en esta oportunidad ponemos a su disposición una planilla Excel para los Empleados de Comercio pertenecientes al Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, según el sueldo del mes de noviembre de 2010, con las modificaciones del último acuerdo salarial del mes de junio del corriente.

El CCT de los Empleados de Comercio indica que se deben conceder las vacaciones que fija la Ley de Contrato Laboral Nº 20.744, con sus disposiciones,  por lo tanto de acuerdo a la antigüedad de cada trabajador le corresponden los siguientes días:

  • 14 días corridos si no excede los 5 años
  • 21 días corridos si está entre los 5 y los 10 años
  • 28 días corridos si esta entre los 10 y los 20 años
  • 35 días corridos si excede los 20 años

Para tener derecho a su goce el trabajador debe haber prestado como mínimo la mitad del año, de los días hábiles comprendidos en el año calendario.

Dichas vacaciones deben comenzar un día lunes o el siguiente hábil si aquél fuese feriado. Si los trabajadores prestasen servicios en días inhábiles, deberán comenzar al día siguiente a aquél en que el trabajador gozare del descanso semanal o el subsiguiente hábil si aquél fuese feriado.

Si el empleado no llego a totalizar la mitad del año trabajado, deberá gozar de un período de descanso anual, en proporción de un (1) día de descanso por cada veinte (20) días de trabajo efectivo.

Para realizar la liquidación correspondiente primero se debe bajar la planilla Excel a  la computadora. Se encontrara que la misma contempla como ejemplo un empleado con la categoría de Administrativo “A” con 3 años de antigüedad y 14 días de vacaciones.

Pero una vez bajada en la PC se puede modificar de acuerdo a los datos personales. Debido a que para realizar los cálculos se debe partir del mes de junio de 2010, se tendrá encuentra que usted modificará, siempre de ser necesario:

  1. Importe básico de su categoría, en la parte inferior de dicha planilla, celda E58
  2. Años de antigüedad en la empresa, celda C14
  3. Días que le corresponden de vacaciones, celda D13
  4. Días trabajados en el mes (tener en cuenta solamente, los días de vacaciones que corresponde al mes a liquidar, y restarlos de 30, esos son los días trabajados),  celda D12

Proba que no es para nada difícil y como siempre quedamos a la espera de tu comentario o duda para saber si la planilla Excel publicada te es de ayuda y te resulta fácil su utilización.

Bajar Planilla Excel Empleados de Comercio Vacaciones Noviembre 2010

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28 comentarios en “Planilla Excel: Liquidar Vacaciones Empleados de Comercio mes de Noviembre de 2010”

  1. En noviembre del 2020 cumplí 10 años de antigüedad.. y este año (2021) me dieron vacaciones solo 21 días corridos.. no me tocaban 28dias??

    1. Si noviembre/20 cumpliste 10 años de antigüedad te corresponden 28 días en el 2020 (por lo general se toman en el 2021) y 28 días 2021

  2. Si dentro de los 14 días de vacaciones están los feriados de Navidad y Año Nuevo. ¿Corresponde volver 2 días más tarde? Es decir: Si las vacaciones son del lunes 24/12 al domingo 6/1/12, debo volver el lunes 7 o el miércoles 9/1/13?

  3. Consulta soy adm. auxilar. el año pasado justo para este mes avia firmado mis vacaciones pendiente 2010 que m faltavan 5 dias y los 14 dias del año 2011.total 19 dias corridos,lo avia solicitado para enero.En noviembre tuve una lecion importante en mi brazo izquierdo,y tuve que operarme,y tuve una licencia medica hasta febrero,en lo cual durante ese trayecto eh presentado todo los certificado por mi medico.mi pregunta es la siguiente,¿ mi vacaciones son validas o no? o me corresponde tomarmelas igual?.

  4. Soy empleado de comercio, administrativo. Tengo 21 días de vacaciones. Me voy a tomar 14 días a partir del lunes 06-02-12 al domingo 19-02-12. El tema es que el 20 y 21 de febrero son feriados por carnaval y en mi trabajo no se trabaja, pero me quieren descontar 2 días de vacaciones más. Esto es así? el empleador tiene razón? Que ley o resolución regula esto?. Encima en mi trabajo, no se trabaja ni sábado, ni domingo. Muchas gracias. Saludos

    1. Leonardo

      Es así tendrias que tomarte los 21 días y ellos te permiten tomarte en dos veces. Igual mucho no te perjudica si no trabajas sabado y domingo luego te tomas una semana de lunes a viernes y listo

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