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Planilla Excel: Liquidar Vacaciones Empleados de Comercio mes de Noviembre de 2010

En esta época del año comienza la necesidad de los cálculos para las tan ansiadas vacaciones anuales de los trabajadores. A pedido de nuestros visitantes en esta oportunidad ponemos a su disposición una planilla Excel para los Empleados de Comercio pertenecientes al Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, según el sueldo del mes de noviembre de 2010, con las modificaciones del último acuerdo salarial del mes de junio del corriente. El CCT de los Empleados de Comercio indica que se deben conceder las vacaciones que fija la Ley de Contrato Laboral Nº 20.744, con sus disposiciones,  por lo tanto de acuerdo a la antigüedad de cada trabajador le corresponden los siguientes días: 14 días corridos si no excede los […]

En esta época del año comienza la necesidad de los cálculos para las tan ansiadas vacaciones anuales de los trabajadores. A pedido de nuestros visitantes en esta oportunidad ponemos a su disposición una planilla Excel para los Empleados de Comercio pertenecientes al Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, según el sueldo del mes de noviembre de 2010, con las modificaciones del último acuerdo salarial del mes de junio del corriente.

El CCT de los Empleados de Comercio indica que se deben conceder las vacaciones que fija la Ley de Contrato Laboral Nº 20.744, con sus disposiciones,  por lo tanto de acuerdo a la antigüedad de cada trabajador le corresponden los siguientes días:

  • 14 días corridos si no excede los 5 años
  • 21 días corridos si está entre los 5 y los 10 años
  • 28 días corridos si esta entre los 10 y los 20 años
  • 35 días corridos si excede los 20 años

Para tener derecho a su goce el trabajador debe haber prestado como mínimo la mitad del año, de los días hábiles comprendidos en el año calendario.

Dichas vacaciones deben comenzar un día lunes o el siguiente hábil si aquél fuese feriado. Si los trabajadores prestasen servicios en días inhábiles, deberán comenzar al día siguiente a aquél en que el trabajador gozare del descanso semanal o el subsiguiente hábil si aquél fuese feriado.

Si el empleado no llego a totalizar la mitad del año trabajado, deberá gozar de un período de descanso anual, en proporción de un (1) día de descanso por cada veinte (20) días de trabajo efectivo.

Para realizar la liquidación correspondiente primero se debe bajar la planilla Excel a  la computadora. Se encontrara que la misma contempla como ejemplo un empleado con la categoría de Administrativo “A” con 3 años de antigüedad y 14 días de vacaciones.

Pero una vez bajada en la PC se puede modificar de acuerdo a los datos personales. Debido a que para realizar los cálculos se debe partir del mes de junio de 2010, se tendrá encuentra que usted modificará, siempre de ser necesario:

  1. Importe básico de su categoría, en la parte inferior de dicha planilla, celda E58
  2. Años de antigüedad en la empresa, celda C14
  3. Días que le corresponden de vacaciones, celda D13
  4. Días trabajados en el mes (tener en cuenta solamente, los días de vacaciones que corresponde al mes a liquidar, y restarlos de 30, esos son los días trabajados),  celda D12

Proba que no es para nada difícil y como siempre quedamos a la espera de tu comentario o duda para saber si la planilla Excel publicada te es de ayuda y te resulta fácil su utilización.

Bajar Planilla Excel Empleados de Comercio Vacaciones Noviembre 2010

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28 comentarios en “Planilla Excel: Liquidar Vacaciones Empleados de Comercio mes de Noviembre de 2010”

  1. Graciela, mucho gusto. Tengo una duda con respecto a mis vacaciones. Soy empleada de comercio, administrativa. Entré en abril de este año y me corresponden 14 dias. Las voy a tomar a partir del lunes 20 de febrero y tanto ese dia como el siguiente son feriados de carnaval. ¿Se corren esos días, es decir, podria empezar las vacaciones el miercoles 22/2 o los pierdo? Gracias!

  2. hola queria saber cunatos dias de vacaciones me corresponden, yo empeze a trabajr el 01/06/2006 y me gustaria saber cuanto me corresponden gracias.

  3. Sí, me tomo vacaciones en Marzo. Tengo 1 año de antiguedad. 14 días de vacaciones. Cómo sería la liquidación?

    Gracias!!

    1. laura

      Estoy por publicar la planilla de marzo con vacaciones para que te la puedas liquidar, igualmente a tu pregunta le faltan todos los datos. Fecha ed ingreso, desde cuando te la tomas?etc.

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