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Ingresos Brutos descontados mal en Cuentas Bancarias: Baja en Ingresos Brutos – Presentar Reversa

Atento a diferentes reclamos y consultas de los descuentos de Ingresos Brutos en las cuentas bancarias, aparecen situaciones como que en algún momento se tuvo una actividad económica que no fue dada de baja en su momento. La Resolución Nº 037/2008 dice que se ha verificado que el existen muchos contribuyentes activos que no pagan ni han presentado la correspondiente Declaración Jurada y entorpecen el control fiscal y estadístico tributario es necesario  proceder al saneamiento del padrón de contribuyentes a efectos de identificar a aquellos que efectivamente impacten en la recaudación fiscal y dirigir hacia ellos las acciones tendientes a reducir la evasión e incrementar los niveles de cobranza. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas en los […]

Atento a diferentes reclamos y consultas de los descuentos de Ingresos Brutos en las cuentas bancarias, aparecen situaciones como que en algún momento se tuvo una actividad económica que no fue dada de baja en su momento.

La Resolución Nº 037/2008 dice que se ha verificado que el existen muchos contribuyentes activos que no pagan ni han presentado la correspondiente Declaración Jurada y entorpecen el control fiscal y estadístico tributario es necesario  proceder al saneamiento del padrón de contribuyentes a efectos de identificar a aquellos que efectivamente impacten en la recaudación fiscal y dirigir hacia ellos las acciones tendientes a reducir la evasión e incrementar los niveles de cobranza.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas en los artículo 3º, 4º y 212º del Código Fiscal vigente y lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo y artículo 15º de la Ley 2603;

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL
DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:

Artículo 1º.-. Cancelar de oficio la inscripción de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que se encuentren inscriptos bajo las Categorías Contribuyentes Locales, excluidos los Intermedios y Grandes Contribuyentes, cuando se verifique la falta de presentación de las Declaraciones Juradas durante tres (3) períodos fiscales anuales o treinta y seis (36) períodos mensuales, consecutivos. La condición de no inscripto regirá para los períodos vencidos a partir de la última Declaración Jurada cuya presentación se encuentre registrada.

Artículo 2º.– Efectivizar la baja de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos inscriptos bajo la Categoría Régimen Simplificado cuando registren falta de pago durante un período de diez (10) meses consecutivos. Esta baja no impide el reingreso al Régimen Simplificado en cualquier momento, siempre que el contribuyente regularice su situación fiscal ingresando los importes adeudados.

Artículo 3º.- La Dirección General de Rentas publicará oportunamente las cancelaciones y bajas efectuadas de oficio en la página WEB del Organismo, siendo este el único medio de comunicación.

Artículo 4º.– Lo dispuesto en los artículo 1º y 2º, no implica la eximición de las sanciones que pudieran corresponder.

Artículo 5º.– Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase para su conocimiento y demás efectos a las Direcciones Generales y Subdirecciones Generales dependientes de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Remítase a sus efectos copia autenticada a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y a la Unidad de Proyectos Especiales del Banco Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.-

En esta dirección usted puede ver su estado actual http://www.agip.gov.ar/web/ventanillas/baja_de_oficio.htm

Si su estado actual es baja de Oficio usted debe presentar «La reversa de cancelación de oficio» y presentar la respectivas Declaraciones Juradas hasta la fecha aún si no realizo actividades, las presenta en 0.

Abajo adjuntamos una nota Ejemplo de «La Reversa de Cancelación de Oficio»

Se deben imprimir dos Reversas y luego llevarla a Rentas una queda en Rentas y la otra firmada y sellada por la persona que lo atiende es para el contribuyente.

También debe presentar las Declaraciones Juradas por en periodo en el cual estuvo inscripto y no realizo las presentaciones para ello debe bajar de la pagina de la AFIP www.afip.gov.ar el programa SIAP y de la pagina http://www.agip.gov.ar/web/impuestos/iibb-contrib-locales.htm el aplicativo Sicol una vez instalado los dos aplicativos en su PC carga sus datos y realiza la Declaraciones Juradas correspondientes. Aconsejamos pedir Clave Fiscal en la AFIP y presentarla las Declaraciones por Internet. En tramite es bastante complejo y se debe tener buen manejo de PC y programa de lo contrario contratar  a un contador es lo mas practico y si vemos lo que le descuentan en su cuenta conviene  la inversión.

   Bajar Ejemplo Reversa Ingresos Brutos

Seguinos

57 comentarios en “Ingresos Brutos descontados mal en Cuentas Bancarias: Baja en Ingresos Brutos – Presentar Reversa”

  1. hola yo tambien tengo el mismo tema del sircreb, tengo baja de oficio, me dijeron que tengo presentar las declaraciones del 2003 a la fecha, un tema bastante complicado, si hay algun contador en linea que me informe cuanto me cobra por hacer todo el tramite y poder terminar con esta historia, saludos

  2. Hola! tema: SIRCREB y Baja de oficio en AGIP!veo que es sumamente polémico y no hay información clara sobre ello.Por todo lo que leí los pasos serían: 1º Presentar la reversa en Viamonte, 2º Presentar las DDJJ en «o» inclusive hasta el mes en que presenté la reversa, 3º pedir la baja, ¿esto es correcto?En cuanto a los procedimientos, la reversa ¿la tiene que presentar el contribuyente personalmente o puede ir un 3ero? ¿las ddjj donde y cómo se presentan ( con diskette en el banco ciudad o por internet, en qué sitio web), ¿luego la baja es por internet? Agradecería muchisimo su ayuda ya que vivo en Mar del Plata, me estan reteniendo desde el 2008 y no me atienden telefónicamente! y no me es posible viajar en este momento. Nuevamente gracias

    1. Silvana

      Podes mandar un tercero, tene en cuenta que muchas veces depende de quien te atiende. La DDJJ se presentan por Internet Convenio multilateral programa SIFERE de la AFIP, IBmensual ARBA peor necesitas la Clave Fiscal que la podes pedir con tu DNI en la aFIP o ARBA

  3. .. me dieron la baja de oficio en IB ya que me anote pague un avez y no pague mas.
    cerre el local.
    me anote hace una ño y medio, ahora me estan descontando (sircreb)–quien se creen que son– por cuenta bancaria como un 8.5% de cada deposito.
    una barbaridad!!!!!
    ya di la baja por internet , spoy de CABA.-
    que mas tengo que hacer?
    como sigo con esto?
    como hago para que me devuelvan lo retenido??!
    alguien me puede decir?
    gracias.-

    1. gonzalo

      Anda con la baja a Rentas Capital y presenta todo, no creo que te devuelvan la plata ya que seguramente tenes deuda pero averigualo en rentas

  4. Que tal, trabajo desde 2003 en relación de dependencia y antes tuve una actividad como autónomo, recuerdo que me fui a dar de baja en IIBB pero al parecer no se ejecutó, desde el 2008 cada vez que tengo un deposito de algo diferente al sueldo hay retenciones. Fui a rentas y me dijeron que tenía «cancelación de oficio» que tenía que presentar desde en 0 desde 2003 al 2010, luego tengo que ir a los 10 días de presentarlo con un certificado de mi empleador y por otro lado me dijeron que lleve una copia del título de licenciado.

    Ya estoy con sicol y siap y necesito

    1) saber el tipo de liquidación que tengo que seleccionar para cada periodo a presentar en 0 (original, rectificativa, multa d/formales, multa d/materiales, determinación de oficio, intereses, pago por inscripción).

    2) Cómo se presenta todo?

    Muchas gracias

  5. Graciela:
    Me están descontando de la cuenta Bancaria por sircreb pero estoy dado de baja en Rentas de oficio desde 03/2005.Desde esa fecha no he tenido actividad en forma independiente. Puedo solicitar que no me descuenten mas(me excluyan del padron de sujetos a retener) y pedir el reintegro de lo retenido en cuenta bancaria.

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