La AFIP dispuso que los Monotributistas que en promedio facturen más de $6.000.-en el mes de septiembre tuvieron que presentar la Declaración Jurada Informativa, entre los que se encontraban el consumo eléctrico y los alquileres devengados en el cuatrimestre, quienes no lo hicieron se encuentran expuestos a pagos a cuenta en IVA y Ganancias.
Esto se debe a que se le aplicara retenciones de:
- IVA 21%
- Ganancias 35%.
Lo que si se suman ambas arrojan un 56%, importe que será retenido por quienes adquieran cosas muebles o servicios de un Monotributista en falta.
Si los Monotributistas no pueden presentar la correspondiente constancia de inscripción fiscal, se les retendrán IVA y Ganancias, que solamente las podrá descontar cuando el pequeños contribuyentes se actualice en su condición fiscal, ya sea al Régimen Simplificado o al Régimen General.
De acuerdo a lo indicado en el Diario Tributario Tributum, a los Monotributistas incumplidores, además de las retenciones que se le practicarán se le aplicará la multa prevista en la Ley de Procedimiento Tributario, que podrá llegar a los $45.000, el régimen establece expresamente que el contribuyente que no presente la información cuatrimestral requerida no podrá obtener su constancia de inscripción fiscal, operando así una suspensión de su condición frente a la AFIP.
A los Monotributistas suspendidos en el régimen les generará:
- Los clientes: Retención especial en IVA del 21% y en Ganancias del 35%.
- Los proveedores: Aplicarán la percepción en IVA.
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