La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha habilitado en su página web el aplicativo que permite a los contribuyentes solicitar el reintegro de la retención del 35% aplicada a la compra de dólar ahorro. El trámite sólo puede ser llevado adelante por los sujetos no alcanzados por los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales comprendiendo a monotributistas y empleados en relación de dependencia.
La retención del 35% se aplica a la compra de dólar ahorro y a las operaciones en moneda extranjera con tarjetas de crédito y de débito, incluyendo Netflix y Spotify.
La devolución del 35% que se puede solicitar desde la página oficial de AFIP es la que se aplicó entre el 16 de septiembre y el 31 de diciembre de 2020.
Pasos para solicitar el reintegro del 35%
- Entrar en el sitio de Afip y pulsar en «Ingresar» para identificarse con el CUIL o CUIT y la Clave Fiscal, la cual debe ser de nivel de seguridad 2 o superior.
- Para hacer el pedido por primera vez es necesario habilitar el servicio ingresando en «Administrador de relaciones de clave fiscal» y pulsando en «Nueva relación». Para que se habilite es necesario salir del sistema y volver a entrar.
- Presionar en «Mis retenciones» y elegir la opción «Impuesto PAIS». En pantalla se mostrará el listado de las retenciones y se dará la posibilidad de cargar operaciones que no estén listadas, en cuyo caso se deberá indicar la fecha y el número de factura o la referencia que figura en el resumen de la tarjeta.
- Una vez enviada la solicitud, el organismo recaudador llevará adelante un proceso de verificación para determinar si corresponde o no la devolución teniendo en cuenta su condición frente a los impuestos.
- Una vez aprobado el reintegro se procederá al mismo en la cuenta bancaria informada por el contribuyente.
Es importante tener en cuenta que la devolución aplicada es sólo de la retención del 35%, no del Impuesto PAIS del 30%.
En los casos de los contribuyentes alcanzados por ganancias y/o bienes personales, se habilitará la solicitud en marzo una vez que se cumpla con la presentación de la Declaración Jurada (DDJJ) anual de dichos tributos.
hola, yo pude presentar la devolución para el mes 10 pero en el 11 y 12 me sale esto… no estoy inscripto en el impuesto.
Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que estás inscripto en el Impuesto a las Ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas..
tiene muchas trabas, cargue todo, cbu todo. clave lvl3. es mas habia leido q afip no solicitara datos biometricos por la CUARENTENA. y ahora no me deja proceder a solicitar la DEVOLUCION DE LA PERCEPCION IMPUESTO PAIS 35%, porque no cumplo con el el Art. 2° de la RG 3420 (AFIP) y sus modificatorias.
https://www.econoblog.com.ar/37033/afip-error-del-art-2-de-la-rg-3420-al-solicitar-devolucion-de-percepciones/
HOla yo tengo una retención por compra de dolares, pero cuando quiero hacer el formulario nuevo, me sale un cartel rojo, que dice «para solicitar la devoluciónes necesario que tengas cuit, Para obtener ingresa en INSCRIPCION DIGITAL», aclaro, soy trabajador en relación de depedencia, tengo que esperar a Marezo?, o hay otra forma? Muchas gracias
Si en la empresa te hacen retenciones de ganancias, tenes que cargarlas en el SIRADIG, ,caso contrario saca CUIT
https://www.econoblog.com.ar/37033/afip-error-del-art-2-de-la-rg-3420-al-solicitar-devolucion-de-percepciones/
Como pido el reintegro? Me sale mis retenciones pero nada más. Hay que hacer algo más?
Tenes que habilitar el servicio “Devolución de Percepciones” a través de Administrador de Relaciones, salis del sistema y volves a ingresar con tu CUIL y Clave Fiscal, ingresar allí e ir mes a mes cargando la devolución y presentando formulario
Hola hice todo lo que dijieron y no aparece nada se me va a otra pantalla como se puede hacer
217 es el del impuesto a la ganancias por compra de dólares, el que aquí indican es el impuesto pais que no lo devuelven. Otra también lo hice con el 217 y me marca saldo 0, cuando compre dólares en el banco y soy monotributista que no pago impuestos a la ganacias, me lo deben devolver.
Deberías ingresar al servicio «Devolución de Percepciones», en la página de la aFIP, si no tenes cargado el servicio, lo tenes que incorporar, pr Administración de RElaciones