La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha realizado la publicación con los nuevos montos de la cuota de autónomos 2021. Los mismos tienen vigencia desde el período devengado Marzo, cuyo vencimiento será en abril. Los importes son el resultado de la aplicación del 8,07% de aumento establecido por la Ley de Movilidad para actualizar las jubilaciones y pensiones del Sistema Previsional Argentino (SIPA) que liquida la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
Los montos de la cuota del Régimen General (RG) se actualizan cada vez que se incrementan los haberes previsionales nacionales.
La Ley de Movilidad establece que se aplique un índice calculado tomando en cuenta la recaudación de Anses y las variaciones salariales que determina el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) y el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).
Nuevos montos de autónomos
Categorías mínimas de revista:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías | Importes |
I | 3695,16 |
II | 5173,14 |
III | 7390,25 |
IV | 11824,40 |
V | 16258,48 |
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial:
Categorías | Importes |
I’ | 4041,58 |
II’ | 5658,12 |
III’ | 8083,08 |
IV’ | 12932,93 |
V’ | 17782,71 |
C) Afiliaciones voluntarias:
Categorías | Importes |
I | 3695,16 |
D) Menores de 21 años de edad:
Categorías | Importes |
I | 3695,16 |
E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
I | 3117,79 |
F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
I | 1270,21 |
Categorías de revista vigentes hasta febrero de 2007:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías vigentes hasta febrero de 2007 | Importes |
A | 2882,12 |
B | 3538,04 |
B’ | 3869,74 |
C | 4729,56 |
C’ | 5172,96 |
D | 7075,93 |
D’ | 7739,30 |
E | 11814,92 |
E’ | 12922,57 |
F | 16526,22 |
G | 23620,75 |
G’ | 25835,20 |
H | 35445,04 |
I | 44341,01 |
J | 44341,01 |
B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
I | 2431,79 |
C) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
I | 990,73 |
Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones):
Categorías | Importes |
I | 11547,37 |
II | 16166,07 |
III | 23094,53 |
IV | 36951,24 |
V | 50807,75 |
Cabe señalar que la vigencia de los valores es a partir del período devengado Marzo/2021, cuyo vencimiento operará en abril.