Según el articulo 16 de la Ley Nº 26.476 referente a la Promoción y Protección del Empleo Registrado informamos como se debe proceder a la identificación de una relación laboral o la preexistente con ausencia total de registración en las declaraciones juradas mensuales, para acceder al beneficio de reducción parcial de contribuciones patronales.
Y también según los artículos 11 y 12 de la Ley Nº 26.476 referente a la Regularización de empleo no Registrado
Se debe colocar los siguientes códigos de Modalidad de Contratación:
Modalidad de contratación a utilizar para presentar Formulario 931 | |
Código | Descripción |
201 | Puesto Nuevo Art. 16 Ley Nº 26.476 |
202 | Puesto nuevo Art. 16 Ley Nº 26.476 trabajador discapacitado Art. 34 Ley Nº 24.147 |
203 | Puesto nuevo Art. 16 Ley Nº 26.476 trabajador discapacitado Art. 87 Ley Nº 24.013 |
Hasta un tope de 10 trabajadores en total | |
211 |
Art. 11 inc. b) Ley Nº 26.476. Regularización personal no registrado |
212 |
Art. 11 inc. b) Ley Nº 26.476. Regularización personal no registrado discapacitado Art. 34 Ley Nº 24.147 |
213 |
Art. 11 inc. b) Ley Nº 26.476. Regularización personal no registrado discapacitado Art. 87 Ley Nº 24.013 |
Más de 10 trabajadores regularizados sin tope de número | |
221 | Art. 12 Ley Nº 26.476 Regularización personal no registrado |
222 | Art. 12 Ley Nº 26.476 Regularización personal no registrado discapacitado Art. 34 Ley Nº 24.147 |
223 | Art. 12 Ley Nº 26.476 Regularización personal no registrado discapacitado Art. 87 Ley Nº 24.013 |
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hola Graciela…necesitamos informacion sobre sobre el secctor industrial (contruccion) sobre las normas municipales, provinciales y nacionales vigentes en materia impositiva, societaria, laboral, previcional, y contable que regulan las actividades que realiza una organizacion de este tipo desde su contitucion hasta su finalizacion.Estubimos leyendo la pagina y confiamos plenamente en que usted nos puede ayudar….desde ya muchas gracias.
Buenas tardes,
Contrate un empleado que fue dado de alta en agosto de 2008 con la modalidad de contratacion «A tiempo parcial /indeterminado permanente» y del cual se pagaron las contribuciones sin reduccion alguna, ya que no sabai el tema de las reducciones(ley 25877).Pero ahora me entero que la misma ley estuvo vigente hasta dic del 2008 solamente, Puedo rectificar para atras y lo que pague de mas?
La ley 26476 es solamente para nuevos empleados desde 01/2009 no?
Muchas gracias!
Vanesa
Tenes que leer detalladamente la Ley 25.877 y la 26.476 con todas las modificaciones.
Hola Graciela: Buen dia.
con respecto a las contrib. por parte Empleador, està claro. Lo que no me queda claro
es como hago figurar $400 en el recibo, que la Provincia les deposita.ya que los mismos no llevan aportes. Llamè al Ministerio y me dicen que lo haga fig. como no remunerativo. Me parece que no es correcto.
Buenas tardes:
tengo que ingresar empleados por Art 16 de la Ley 26476 cod. 201. que deducciones debo hacerle a los mismos. Corresponde aporte Jubilatorio , O. Social y demàs codigos.
Lujan
Los aportes al trabajador los haces como siempre el SICCOS o Declaración online te hace las contribuciones correspondientes
hola que diferencia hay entre PUESTO NUEVO ART. 16 LEY 26.476 y
PERIODO DE PRUEBA ART. 16 LEY 26.476????
GRACIAS