Según el articulo 16 de la Ley Nº 26.476 referente a la Promoción y Protección del Empleo Registrado informamos como se debe proceder a la identificación de una relación laboral o la preexistente con ausencia total de registración en las declaraciones juradas mensuales, para acceder al beneficio de reducción parcial de contribuciones patronales.
Y también según los artículos 11 y 12 de la Ley Nº 26.476 referente a la Regularización de empleo no Registrado
Se debe colocar los siguientes códigos de Modalidad de Contratación:
Modalidad de contratación a utilizar para presentar Formulario 931 | |
Código | Descripción |
201 | Puesto Nuevo Art. 16 Ley Nº 26.476 |
202 | Puesto nuevo Art. 16 Ley Nº 26.476 trabajador discapacitado Art. 34 Ley Nº 24.147 |
203 | Puesto nuevo Art. 16 Ley Nº 26.476 trabajador discapacitado Art. 87 Ley Nº 24.013 |
Hasta un tope de 10 trabajadores en total | |
211 |
Art. 11 inc. b) Ley Nº 26.476. Regularización personal no registrado |
212 |
Art. 11 inc. b) Ley Nº 26.476. Regularización personal no registrado discapacitado Art. 34 Ley Nº 24.147 |
213 |
Art. 11 inc. b) Ley Nº 26.476. Regularización personal no registrado discapacitado Art. 87 Ley Nº 24.013 |
Más de 10 trabajadores regularizados sin tope de número | |
221 | Art. 12 Ley Nº 26.476 Regularización personal no registrado |
222 | Art. 12 Ley Nº 26.476 Regularización personal no registrado discapacitado Art. 34 Ley Nº 24.147 |
223 | Art. 12 Ley Nº 26.476 Regularización personal no registrado discapacitado Art. 87 Ley Nº 24.013 |
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Buenas tardes:
tengo que ingresar empleados por Art 16 de la Ley 26476 cod. 201. mi duda y disculpen la ignorancia es como le liquido el recibo de sueldo???? se le hacen deducciones tambien x el 50% el 1er año y luego el 2do año 75%.?
o le liquido el sueldo como cualquier otro empleado ?
mario
Las deduciones son para el empleador no para lso tabajadores
me gustaria saber q quiere decir el art. 16 de la ley 26476 por q asi me figura en mi recibo de sueldo y hace dos años q esoy en la empresa
Gonzalo
Es una reducción en las contribuciones patronales
Hola que tal, ante todo felicitaciones por el blog.
Paso a transcribir una pregunta que hice a la msea de ayuda de la afip:
— Hace un tiempito abrí una heladería y a fin de enero hice el alta temprana de mi primer empleado.
Cuando hice el alta temprana, elegí en modalidad de contrato el codigo 1 «A tiempo parcial: Indeterminado / permanente»
Ya que esta persona trabaja media jornada solamente.
Mi duda surge porque estaba viendo que en modalidad de contrato se puede elegir el codigo 201 «Puesto nuevo Art. 16 Ley Nº 26.476 beneficio primeros doce meses»
Y por lo que vi en ese articulo si yo contrato a la gente bajo esta modalidad, hay un beneficio en cuanto a las contribuciones a realizar durante los primeros 2 años.
Mi pregunta es, puedo cambiar la modalidad de contrato de esta persona a la mencionada asi accedo al beneficio? —
Esta pregunta la mande por mail a la msea de ayuda de la afip y me respondieron que podía cambiar el codigo, pero también hice la misma pregunta en la sucursal de la afip que me corresponde (a la jefa de la parte de tramites) y la misma me dijo que no me correspondía utilizar ese codigo…
Mi duda es, puedo utilizar el codigo 201 o no? Desde ya muchas gracias
HOLA NECESITABA SABER POR FAVOR QUE HAGO EN EL CASO DE ESTAR BLANQUEANDO UN EMPLEADO Y A LA HORA DE PRESENTAR LAS DDJJ POR AFIP ME ENCUENTRO CON PERÍODOS EN QUE EL CONTRIBUYENTE YA HABÍA TENIDO EMPLEADOS, PERO EN SU MOMENTO YO NO ERA LA CONTADORA ENTONCES ME EXIGE UNA RECTIFICATIVA, EL PREBLEMA ES QUE NO TENGO DATO ALGUNO DE ESTO, ¿COMO LO SOLUCIONO?
GRACIAS DESDE YA
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CECILIA
Pedi el libro de sueldos? recibos? el anterior contador debe entregar la documentación
Hola, tome un empleado en Octubre 2009 como temporal.El trabajo termino pero me gustaria anotarlo como permanente.Debido a la prorroga de la ley, entra dentro de el art 16? Nosotros no nos acogimos al blanqueo.Gracias.