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Pasos para realizar el Formulario 931 hasta el momento que salga el nuevo aplicativo – Aportes a la obra social

 Publicamos los pasos a seguir para confeccionar el Formulario 931 en el aplicativo S.I.J.P. version 30, hasta el momento que salga el nuevo aplicativo. En el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, S.I.J.P., los aportes correspondientes a Obra Social, son calculados en base a la remuneración registrada para cada empleado en el campo Rem. 4 (Remuneración 4, con tope de $ 7.800), mientras que las contribuciones correspondientes a Obra Social, son calculados en base a la remuneración registrada para cada empleado en el campo Rem. 2 (Remuneración 2, sin tope).Pero en la versión 30 del sistema S.I.J.P. suministrado por la AFIP, existe la siguiente salvedad: En la Remuneración 2, debe declararse la suma de los conceptos remunerativos calculados a jornada […]

 Publicamos los pasos a seguir para confeccionar el Formulario 931 en el aplicativo S.I.J.P. version 30, hasta el momento que salga el nuevo aplicativo. En el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, S.I.J.P., los aportes correspondientes a Obra Social, son calculados en base a la remuneración registrada para cada empleado en el campo Rem. 4 (Remuneración 4, con tope de $ 7.800), mientras que las contribuciones correspondientes a Obra Social, son calculados en base a la remuneración registrada para cada empleado en el campo Rem. 2 (Remuneración 2, sin tope).Pero en la versión 30 del sistema S.I.J.P. suministrado por la AFIP, existe la siguiente salvedad:

  1. En la Remuneración 2, debe declararse la suma de los conceptos remunerativos calculados a jornada reducida, y no los correspondientes al Acuerdo Abril 2008, ya que si allí sumáramos los conceptos no remunerativos del acuerdo, también sobre los mismos se calcularían las contribuciones para S.I.J.P. y I.N.S.S.J.P., porque el campo Remuneración 2 también es usado para tal fin.

  2. En la Remuneración 4, debe declararse la suma de los conceptos remunerativos y no remunerativos calculados a jornada reducida

  3. En el campo Adicional Obra social del grupo Aportes (solapa correspondiente a Obra Social), debe ser declarado el 3% calculado sobre: la sumatoria de los conceptos remunerativos y no remunerativos calculados a jornada completa, menos, la sumatoria de conceptos remunerativos y no remunerativos calculados a jornada reducida.

  4. En el campo Adicional Obra social del grupo Contribuciones (solapa correspondiente a Obra Social), debe ser declarado el 6% calculado sobre: la sumatoria de los conceptos remunerativos calculados a jornada completa, menos, la sumatoria de los conceptos remunerativos calculados a jornada reducida, más, la sumatoria de conceptos no remunerativos calculados a jornada completa.

En resumen, si llamamos:

A = Sumatoria de conceptos remunerativos calculados a jornada completa
B = Sumatoria de conceptos no remunerativos (Acuerdo Abril 2008) calculados a jornada completa
C = Sumatoria de conceptos remunerativos calculados a jornada reducida
D = Sumatoria de conceptos no remunerativos (Acuerdo Abril 2008) calculados a jornada reducida
E = Tickets Jornada Completa
F = Tickets Jornada Reducida

Los campos del sistema SIJP, deberían informarse de la siguiente manera:

  • Remuneración Total = C + D + F

  • Remuneración 2 = C

  • Remuneración 4 = C + D

  • Adicional O. Social (Aportes) = 3% calculado sobre (A-C) + (B-D)

  • Adicional O. Social (Contribuciones) = 6% calculado sobre (A-C) + B

Agradecemos la colaboración de CONTABLE

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45 comentarios en “Pasos para realizar el Formulario 931 hasta el momento que salga el nuevo aplicativo – Aportes a la obra social”

  1. Contable muchas gracias por tú respuesta. Si, el saldo a pagar total no se modificó, y se que es así. Pero en uno que rectifiqué tampoco se modificaron los importes de aportes y contribuciones. Puede ser que dependa del sueldo del empleado que esté declarando. Justo este caso es un único empleado media jornada. PAra otros que hice sí se modificaron. Puede que al ser un sueldo bajo no se modifique la distribución de los saldos?.

  2. María, estas en lo cierto. Me equivoque al tipear por lo visto, el presentismo sería de $55,31.

    Y a tu pregunta te contesto que la rectificativa no va a modificar el saldo a pagar, lo que modifica es la distribución de los aportes y contribuciones destinados al Anssal, dependiendo siempre de la remuneración de cada empleado. Pero el monto a pagar será el mismo.

    Cualquier duda te aconsejo veas el siguiente link
    http://www.econoblog.com.ar/970/seguridad-social-modificacion-en-la-presentacion-del-formulario-931-nuevo-aplicativo/

  3. Omar y Germán:
    Repito la actualización de «su declaración» V31 no fue destinada al cálculo de empleados de tiempo parcial.
    Solo modifico el porcentaje destinado a aportes y contribuciones con destino al Fondo Solidario de Redistribución.
    (http://www.econoblog.com.ar/970/seguridad-social-modificacion-en-la-presentacion-del-formulario-931-nuevo-aplicativo/)

    Para cargar los aportes y contribuciones destinados a la obra social para un empleado de tiempo parcial, ya sea con «su declaración» o o travez del aplicativo hay que realizarlo manualmente de la forma detallada arriba.

  4. Contable: Muchas gracias, muy clara tú explicación, un detalle, el presentismo no me coincide. Debe haber algún error mínimo. Ya está aclarado, mi duda era respecto a sí el acuerdo también iba por el 100%. Otra consulta, rectifiqué enero 2009 por la nueva versión y no se modificó nada, me refiero a los conceptos que conforman el saldo total, está bien? es así?.
    Saludos.

  5. Estimado Germán tengo entendido que el sistema online se actualizó ya a la versión 31. Es decir que esto es aplicable solo a aquellos clientes que se siguen declarando via siap.

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