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Volantes Electrónicos de Pago de la AFIP

 La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2.559, publicada en le Boletín Oficial el día 26 de febrero, relativa a «Pago electrónico de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social». Establece la metodología para generar volantes electrónicos de pago, VEP, Consolidados, es decir agrupando más de una obligación la cual entrara en vigencia a partir del mes de abril de 2009. Nuevo VEP Consolidado: para cancelar, mediante transferencia electrónica de fondos, varias obligaciones en forma simultánea. Simplifica el procedimiento para efectuar el pago de varias obligaciones simultáneas mediante transferencia electrónica de fondos. A partir de abril del 2009, cuando se efectúe el pago de varias obligaciones (impositivas y de los recursos de […]

 La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2.559, publicada en le Boletín Oficial el día 26 de febrero, relativa a «Pago electrónico de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social».

Establece la metodología para generar volantes electrónicos de pago, VEP, Consolidados, es decir agrupando más de una obligación la cual entrara en vigencia a partir del mes de abril de 2009.

Nuevo VEP Consolidado: para cancelar, mediante transferencia electrónica de fondos, varias obligaciones en forma simultánea. Simplifica el procedimiento para efectuar el pago de varias obligaciones simultáneas mediante transferencia electrónica de fondos.
A partir de abril del 2009, cuando se efectúe el pago de varias obligaciones (impositivas y de los recursos de la seguridad social) correspondientes a un mismo número de CUIT y de manera simultánea, para efectuar la transferencia electrónica de fondos solo deberá ingresar la clave bancaria una vez, ya que el sistema “Presentación de DDJJ y Pagos” generará un único Volante Electrónico de Pago (VEP) (consolidado), que contendrá el detalle de las obligaciones que cancela (denominados sub VEP).

Procedimiento:

Ingresar al Sistema “Presentación de DDJJ y Pago”. Esto podrá realizarlo:

  • Mediante clave bancaria: ingresando a www.linkpagos.com.ar, www.pagosmiscuentas.com, www.interbanking.com.ar o mediante las páginas de los bancos habilitados.

  • Con clave fiscal: desde el sitio Web de la AFIP (www.afip.gob.ar)

  1. Seleccionar la primera de las obligaciones a cancelar mediante la opción “nuevo VEP”, sin seleccionar la entidad de pago.

  2. Luego seleccionar la totalidad de las obligaciones a cancelar (utilizando las opciones “nuevo VEP” o “Agregar otro VEP”) deberá seleccionar la entidad de pago que utilizará para la cancelación y el sistema generará un “VEP” consolidado que contendrá asociadas las obligaciones incluidas (denominadas Sub-VEP).

  3. Ingresar a la entidad bancaria elegida para efectuar el pago del “VEP” generado (VEP consolidado), ingresando su clave bancaria, una sola vez (antes debía efectuar este procedimiento para cada obligación a cancelar).

  4. El sistema permitirá las consultas generados por medio de “Presentación de DDJJ y Pagos” y de los VEP consolidados generados y pagados, así como la de los sub VEP que están asociados, que estarán identificados con una letra “S” y tendrán la información del número de VEP consolidado al cual pertenecen.
     

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