Los Empleados de Comercio cuenta con un Seguro de Retiro La Estrella de acuerdo a la Disposición Nº 4.701/941 que se encuentra incorporada al Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75. El empleador debe obligatoriamente realizar un aporte del 3.5% del total de la remuneración del trabajador que se encentre comprendido dentro de este convenio, no se trata de un aporte sino de una contribución patronal que debe realizar.
El seguro de retiro La Estrella, es un beneficio para los empleados de comercio, fue creado para que en el momento de jubilarse el empleado reciba aparte del su jubilación un renta mensual.
Debido a que muchos empleados son despedidos o bien renuncian antes de llegar a su edad jubilatoria, deben reclamar el dinero aportado por su empleador. Deben acudir al Sindicato de la zona y pedir el rescate mediante un formulario y a los 45 días aproximadamente la compañía aseguradora les enviará un giro o transferencia con el 50% de lo aportado.
Se trata de una contribución que debe realizar el empleador, por lo tanto no corresponde que le sea descontado al trabajador.
De acuerdo a lo investigado por www.econoblog.com.ar sugerimos al Empleado de Comercio que quieran acceder a la cuenta individual y rescatar los fondos por haber sido desvinculado de la empresa por renuncia, despido, jubilación oficial o invalidez o en los supuestos casos de fallecimiento del titular asegurado, serán los herederos legales, deberán obtener el Formulario de Rescate, al pie de este artículo, y mandarlo por correo o personalmente a Compañía de Seguros de Retiro La Estrella, cuya dirección es San Martín Nº 483 6º piso (1348) Capital Federal.
Documentación Requerida
- Formulario de Rescate
- Fotocopia del DNI
- Fotocopia del Telegrama de Renuncia o Despido
- Recibo con la liquidación final
Si enviaste todo por correo a la dirección antes mencionada espera 10 días y llama por teléfono entre la 10.00 y las 17.00 horas al Nº 011-4320-7000.
Tener en cuenta que este seguro no tiene fecha de vencimiento se puede cobrar en cualquier momento, después de haber sido desvinculado de la empresa y haciendo el trámite correspondiente
Agradecemos la Colaboración de Juan Pablo
Bajar Formulario de Rescate Seguro de Retiro La Estrella.
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hola buenas noches quería saber mas o menos si me pudieran pasar como calcular lo que debería cobrar del seguro trabaje 6 años en comercio del 1 de junio del 2009 a 8 de octubre del 2015
desde ya muchas gracias
javier, Es el 3.5% del bruto pero se va actualizando y se va descontando una comisión, aproximado cobras un 2% del total
que tal quisiera saber si con el papel de la baja del afip me sirve para hacer los tramites
Hola ! el último recibo de sueldo, sería la liquidación final? tengo despido sin causa
Magui
si la ultima liquidación no importa que sea despido o renuncia
Hola, Trabaje justo un año en empresa que esta bajo empleados de comercio, y queria saber cuanto es aproximado lo que debo cobrar en la estrella.
quedo a la espera de pronta respuesta.
gracias y saludos
Hola. Me dice el empleador que dicho seguro no es obligatorio. Trabaje 25 años en el Registro del Automotor y estábamos con el convenio del CEC. Es o no obligatorio? Muchas gracias
Fabian
empleados de comercio CCT 130.75 es oligatorio