Los Empleados de Comercio cuenta con un Seguro de Retiro La Estrella de acuerdo a la Disposición Nº 4.701/941 que se encuentra incorporada al Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75. El empleador debe obligatoriamente realizar un aporte del 3.5% del total de la remuneración del trabajador que se encentre comprendido dentro de este convenio, no se trata de un aporte sino de una contribución patronal que debe realizar.
El seguro de retiro La Estrella, es un beneficio para los empleados de comercio, fue creado para que en el momento de jubilarse el empleado reciba aparte del su jubilación un renta mensual.
Debido a que muchos empleados son despedidos o bien renuncian antes de llegar a su edad jubilatoria, deben reclamar el dinero aportado por su empleador. Deben acudir al Sindicato de la zona y pedir el rescate mediante un formulario y a los 45 días aproximadamente la compañía aseguradora les enviará un giro o transferencia con el 50% de lo aportado.
Se trata de una contribución que debe realizar el empleador, por lo tanto no corresponde que le sea descontado al trabajador.
De acuerdo a lo investigado por www.econoblog.com.ar sugerimos al Empleado de Comercio que quieran acceder a la cuenta individual y rescatar los fondos por haber sido desvinculado de la empresa por renuncia, despido, jubilación oficial o invalidez o en los supuestos casos de fallecimiento del titular asegurado, serán los herederos legales, deberán obtener el Formulario de Rescate, al pie de este artículo, y mandarlo por correo o personalmente a Compañía de Seguros de Retiro La Estrella, cuya dirección es San Martín Nº 483 6º piso (1348) Capital Federal.
Documentación Requerida
- Formulario de Rescate
- Fotocopia del DNI
- Fotocopia del Telegrama de Renuncia o Despido
- Recibo con la liquidación final
Si enviaste todo por correo a la dirección antes mencionada espera 10 días y llama por teléfono entre la 10.00 y las 17.00 horas al Nº 011-4320-7000.
Tener en cuenta que este seguro no tiene fecha de vencimiento se puede cobrar en cualquier momento, después de haber sido desvinculado de la empresa y haciendo el trámite correspondiente
Agradecemos la Colaboración de Juan Pablo
Bajar Formulario de Rescate Seguro de Retiro La Estrella.
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Hola !! Como se puede hacer el calculo de lo que ge corresponde? si trabajaste 5 años cat vendedor b.
La empresa deposita sobre el bruto de tu sueldo el 3.5% todos los meses.. De eso, en teoría el 50% es lo q te darían. Para el monto exacto llamá
Buen día, se puede cobrar este seguro y el seguro de desempleo de la anses?. O uno inhabilita al otro.
Gracias.
Vanesa Se puede cobrar ambos
Hola esto tiene un plazo para cobrarlo. yo trabaje muchos años en una oficina y ya hace mas de cuatro años que me fui de ahi, me despidieron. nunca cobre nada. me acabo de enterar de esto. se pude cobrar despues de tanto tiempo??
Gracias
Fernanda si se puede, deberías llamar y ver si tu empleador hizo el aporte, caso contrario se lo reclamas a tu ex empleador
hola, a mi me ascendieron hace dos meses y sigo trabajando en la empresa pero ya no pertenezco al convenio colectivo de trabajo, lo puedo reclamar? o me siguen aportando aunque no este dentro del convenio?
orlando consultalo con tu emplador
hola, a nosotros nos cambiaron de convenio colectivo de trabajo, hasta ahora estábamos en comercio y no pasan a otro donde no aportamos para este seguro, mi consulta es si en este caso puedo pedir el rescate de mis fondos y por que te devuelven solamente el 50 %. Gracias