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Empleados de Comercio: Cobrar el Seguro de Retiro La Estrella – Bajar Formulario de Rescate

Los Empleados de Comercio cuenta con un Seguro de Retiro La Estrella de acuerdo a la Disposición Nº 4.701/941 que se encuentra incorporada al Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75. El empleador debe obligatoriamente realizar un aporte del 3.5% del total de la remuneración del trabajador que se encentre comprendido dentro de este convenio, no se trata de un aporte sino de una contribución patronal que debe realizar. El seguro de retiro La Estrella, es un beneficio para los empleados de comercio, fue creado para que en el momento de jubilarse el empleado reciba aparte del su jubilación un renta mensual. Debido a que muchos empleados son despedidos o bien renuncian antes de llegar a su edad jubilatoria, deben […]

Los Empleados de Comercio cuenta con un Seguro de Retiro La Estrella de acuerdo a la Disposición Nº 4.701/941 que se encuentra incorporada al Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75. El empleador debe obligatoriamente realizar un aporte del 3.5% del total de la remuneración del trabajador que se encentre comprendido dentro de este convenio, no se trata de un aporte sino de una contribución patronal que debe realizar.

El seguro de retiro La Estrella, es un beneficio para los empleados de comercio, fue creado para que en el momento de jubilarse el empleado reciba aparte del su jubilación un renta mensual.

Debido a que muchos empleados son despedidos o bien renuncian antes de llegar a su edad jubilatoria, deben reclamar el dinero aportado por su empleador. Deben acudir al Sindicato de la zona y pedir el rescate mediante un formulario y a los 45 días aproximadamente  la compañía aseguradora les enviará un giro o transferencia con el 50% de lo aportado.

Se trata de una contribución que debe realizar el empleador, por lo tanto no corresponde que le sea descontado al trabajador.

De acuerdo a lo investigado por www.econoblog.com.ar sugerimos al Empleado de Comercio que quieran acceder a la cuenta individual y rescatar los fondos por haber sido desvinculado de la empresa por renuncia, despido, jubilación oficial o invalidez o en los supuestos casos de fallecimiento del titular asegurado, serán los herederos legales, deberán obtener el Formulario de Rescate, al pie de este artículo, y mandarlo por correo o personalmente a Compañía de Seguros de Retiro La Estrella, cuya dirección es San Martín Nº 483 6º piso (1348) Capital Federal.

Documentación Requerida

  • Formulario de Rescate
  • Fotocopia del DNI
  • Fotocopia del Telegrama de Renuncia o Despido
  • Recibo con la liquidación final

Si enviaste todo por correo a la dirección antes mencionada espera 10 días y llama por teléfono entre la 10.00 y las 17.00 horas al Nº 011-4320-7000.

Tener en cuenta que este seguro no tiene fecha de vencimiento se puede cobrar en cualquier momento, después de haber sido desvinculado de la empresa y haciendo el trámite correspondiente

Agradecemos la Colaboración de Juan Pablo

Bajar Formulario de Rescate Seguro de Retiro La Estrella.

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616 comentarios en “Empleados de Comercio: Cobrar el Seguro de Retiro La Estrella – Bajar Formulario de Rescate”

  1. Hola! Mi duda es la siguiente: sé que se realizaron aportes, trabajé 2 años y 2 meses, pero luego llegué a una rescinsión del contrato de trabajo por mutuo acuerdo (ley 241 de la Ley de Contrato Laboral), debido a que la empresa con la que trabajaba decidió prescindir de todos sus empleados y la agencia nos notificó del cese laboral, pero aún no me queda en claro si puedo percibir la liquidación de rescate de seguro por dicho acuerdo. Agradecería una pronta respuesta

      1. La última duda que tengo es, como el abogado que representaba a la empresa quedó en que faltaba papeles por firmar, no me localizó más y, por ende, no tengo la liquidación final y tampoco tuve telegrama de renuncia/ despido. Si consigo la liquidación final ¿alcanza con esos papeles o tengo que adjuntar copia del acuerdo firmado en secretaría de trabajo? Hace tiempo estoy enviando mails a Seguros La Estrella preguntando por esto y no recibo respuesta. Agradezco desde ya su pronta respuesta y el tiempo invertido. Saludos!

  2. Hola , cobro el sueldo minimo por 4 horas laborales , tengo 9 años de antiguedad en la empresa y ya me jubilo , cual es el monto apriximado que cobrare por el seguro ? Gracias

  3. Me desvinculado el 23 de Agosto del 2017 y de los 12 años trabajados solo me aportaron 2 años lo cual recibí $5700.La pregunta es como cobró los 10 años restantes que no me pagaron por que dicen los letrados que lo puedo reclamar como empleado porque no tengo legitimidad.Es Así??

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