Las Asignaciones Familiares de cobro directo y mensual, consisten en una suma fija, que paga la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, a los trabajadores en relación de dependencia y a los beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, cuando espera un bebé, durante el período de Licencia por Maternidad, tiene hijos. El trámite para su cobro se debe gestionar en el organismo y es necesario solicitar un turno y acudir al mismo con la documentación necesaria.
A partir de este año el cobro de las Asignaciones Familiares a los trabajadores paso a ser un cobro automáticamente desde el ANSES a través del Sistema Único de Asignaciones Familiares, SUAF, para que esto se pueda cumplir los beneficiarios deberán hacer el trámite correspondiente y es necesario solicitar un turno previo.
Es importante que antes de solicitar el turno los datos se encuentren debidamente cargados en la base de datos. Los trabajadores podrán obtener un turno llamando a la línea gratuita Nº 130 o bien por Internet, ingresando a la página de ANSES, sesión “Autopista de Servicios” “Solicitud de Turnos”, al finalizar el procedimiento el sistema le otorgará un número de registro, es conveniente que lo anote y conserve para obtener la información del día y el lugar del turno asignado, recién al día hábil siguiente y lo deberá confirmar antes de los 7 días.
Deberá concurrir a su turno con la documentación correspondiente para cada trámite y los formularios debidamente cumplimentados en todas sus partes y por las autoridades que deben sellar y firmarlos.
Documentación a acompañar a los formularios:
- Cobro de Asignaciones Familiares Formulario PS 2.4 y PS 2.5b, uno para declarar la cargas de familia y el otro para percibir las Asignaciones Familiares. Este formulario deberá ser acompañado según sea la asignación que desea percibir:
- Hijo partida de Nacimiento, DNI Original y Fotocopias
- Hijo discapacitado: Partida de Nacimiento, DNI, Autorización Expresa de ANSES Vigente Original y Fotocopia
- Cobro de Asignaciones Familiares Ayuda Escolar Anual, Formulario PS 2.51. Para percibir dicha asignación:
- En los casos donde el trabajador percibió automáticamente las Asignaciones por Hijo y / o Hijo con Discapacidad, no tendrá necesidad de presentar ningún formulario ni certificado escolar, excepto que ANSES se lo solicite.
- En aquellos casos donde el trabajador NO percibió la Asignación Familiar automáticamente deberá presentar ante ANSES dentro de los 120 días corridos de iniciado el ciclo lectivo ó tratamiento de rehabilitación, el Formulario PS 2.51 acompañado del correspondiente Certificado Escolar emitido por el Establecimiento educativo.
- Lo pueden percibir aquellos que cobran la Asignación por Hijo (hasta el mes que cumple los 18 años) y/o por Hijo Discapacitado, sin limite de edad. Hijo que curse desde el 1º grado hasta el 6º año de la escuela secundaria o Educación General Básica o Polimodal en Establecimientos Nacionales, Provinciales, Municipales o Privados incorporados a la enseñanza oficial y sujetos a su fiscalización o adscriptos a la misma, que estén reconocidos y funcionen con permiso expreso de la autoridad educacional oficial.
Hijo que concurra regularmente a Preescolar, Nivel Inicial, Sala de cinco (5) años, Primera, Segunda o Tercera Sección o Primero, Segundo o Tercer Ciclo. Si el menor concurre a un Jardín Maternal, Sala de tres (3) años, Sala de cuatro (4) años, Jardín de Infantes o cualquier otra Sección o Sala no citada anteriormente, a fin de acreditar el derecho a la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual el Establecimiento Educativo deberá emitir una constancia en la que acredite que dichas Salas se encuentran incluidas en el NIVEL INICIAL.
Del hijo con discapacidad
- Cobro de Asignaciones Familiares por Prenatal, Maternidad, Maternidad Down o designar un Apoderado, Formulario PS 2.55, original y fotocopia, en los casos en que la trabajadora posea más de un empleo deberá presentar un Formulario por cada trabajo en relación de dependencia. Lo podrá hacer hasta el mismo día en que finalice la Licencia por Maternidad. Deberá estar debidamente cumplimentado, el Rubro 6 – “Datos del Certificado Médico y Médico Certificante (Prenatal / Maternidad)” puede ser reemplazado por copia autenticada por el empleador del certificado médico con el que la trabajadora le notificó su estado de embarazo y le solicitó la Licencia por Maternidad.
- Asignación Familiar por Maternidad Down: se deberá completar el Rubro 7 – “Exclusivo Maternidad Down” puede ser reemplazado por un certificado médico original que contenga todos los datos requeridos en el citado rubro.
IMPORTANTE: Si bien el trámite lo debe realizar el trabajador o apoderado cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante su empleador, llevando las correspondientes fotocopias de lo entregado ante ANSES, ya que este deberá para cumplimentar el trámite informarlas a través del Programa “Mi Simplificación II” ante la administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP.
Fuente ANSES
Bajar Formulario PS 2.4 Declarar Cargas de Familia
Bajar Formulario PS 2.5b Percibir Asignaciones Familiares
Bajar Formulario PS 2.51 Cobro Ayuda Escolar
Bajar Fromulario PS 2.55 Cobro Prenatal y Licencia Maternidad
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.
hola, ya realice el tramite por prenatal y maternidad ante anses y supuestamente lo cobro este mes, el tema es que al momento de realizarlo la anses no me entrego ningun papel donde informe la fecha de la licencia. Me deberian haber dado algun comprobante para presentar ante la empresa?
andrea
Vos tenes que entgregar en ANSES la documentación con copia a tu empleador, en todos lso casos para que este complete los datos por Internet
Hola! Quisiera que me asesores acerca de la asignación por maternidad, mi fecha real de parto fue el 8/10/2010 y gestioné el trámite en ANSES el 18/11/2010. Debería cobrar los 3 meses???? O por declararlo fuera de término no es retroactivo? Recibí en diciembre el pago del período 10 y el anticipo del período 11 y nunca más nada.
Muchas gracias!
Ines
Ines
Tendrias que haber cobrado los 3 meses si te pagaron el mes de octubre te tienen que pagar el resto
Graciela:
para los trabajadores incorporados al suaf hay que presentar los certificados de escolaridad para cobrar la ayuda escolar o esto se liquida automaticamente?
saludos!
Alejandra
ANSES dice que tienen toda la información pero si no te lo pagas tendrias que llevarlos.
Gracias por aclararme la duda ya que queria saber con cuanto iba a disponer en esos meses
Saludos
Maria de los Angeles
Buenas Tardes Graciela:
Hice los tramites para cobrar la licencia por maternidad , soy empleada de comercio y quisiera saber si me van a liquidar lo remunerativo + lo no remunerativo?
Gracias
maria de los angeles
Si remunerativo y no remunerativo, pero ANSES saca un promedio