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Prórroga de prohibición de despidos hasta el 31 de diciembre de 2021

El Gobierno otorgó una prórroga de la prohibición de despidos hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive.

El Poder Ejecutivo Nacional, mediante la publicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 413/21, ha aplicado una prórroga a la prohibición de despidos hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive, en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria por la pandemia del coronavirus Covid-19, la cual fue decretada con la Ley 27541. Se establece que no tendrán efecto aquellos que se dispongan en violación de la normativa.

A lo largo de todo el corriente año seguirán suspendidos los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.

También están suspendidas las suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo.

No están alcanzadas por esta medida aquellas contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 34/19, el cual declaró la emergencia laboral ante la pandemia, ni el personal que preste servicios en el ámbito del Sector Público Nacional definido en el artículo 8° de la Ley 24156 y sus modificatorias, con independencia del régimen jurídico al que se encuentre sujeto y de la naturaleza jurídica de la entidad empleadora. Tampoco están alcanzados quienes están comprendidos por el régimen legal de trabajo para el personal de la industria de la construcción regulado por la Ley 22250.

En los fundamentos, el DNU 413/2021 recalca que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) publicó el documento «Las normas de la OIT y la COVID-19» que alude a la necesidad de que los gobiernos implementen medidas dirigidas a paliar los efectos nocivos en el mundo del trabajo, particularmente en lo referido a la conservación de los puestos laborales.

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