El Juez Ricardo Bustos Fierro del Juzgado Federal número 1 de Córdoba ha declarado inconstitucional los aumentos aplicados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) durante el 2020 y ordenó recalcular los haberes a un adulto mayor conforme al Índice de Movilidad Jubilatoria que se encontraba suspendido. El año pasado, las subas en las jubilaciones y pensiones fueron establecidos por el Presidente Alberto Fernández por Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU).
Durante 2020 se suspendió la Ley de Movilidad, primero por la emergencia social y luego por la pandemia.
A lo largo de la suspensión, el Gobierno Nacional modificó la fórmula de cálculo de la normativa y, mientras tanto, los ajustes los estableció el mandatario por decretos en marzo, junio, septiembre y diciembre. Esto generó que se inicien una serie de demandas en contra el Estado.
Un Juez cordobés consideró que la suspensión con delegación en el poder ejecutivo de la potestad de disponer incrementos por decreto que no correspondan a un lineamiento objetivo, trastoca el principio de legalidad. En el fallo, él destaca que las subas por decreto no han sido mayores a los índices que reemplaza. Por tal razón, ordenó a la Anses a recalcular los haberes con el indicador aplicado desde marzo de 2021 y diciembre de 2020, aunque en el último año fue suspendido.
La fórmula suspendida establecía un aumento del 42% para todos los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). La suba establecida por el Jefe de Estado fue de entre un 24,3% y 35,3%, dependiendo de los ingresos.
Esta es la séptima sentencia a nivel nacional en la cual la Justicia falla a favor de los adultos mayores. Todas ellas han sido apeladas por el organismo dirigido por María Fernanda Raverta. El Tribunal Supremo será el encargado de definir la situación.
Por otro lado, dos de las tres salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social han declarado válidos los decretos.
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por fin algo bueno para los jubilado que tenemos la minima