El día de la fecha, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aplicó un aumento al Régimen de Courier. Tras una reducción en septiembre, el organismo fijó en 3000 dólares el monto para declarar envíos para empresas. De esta forma, los ciudadanos que hagan compras en el exterior con envío bajo dicho servicio deben considerar dicho importe.
La Resolución General Nº 5288 establece el aumento al monto a declarar compras por Courier.
El nuevo valor entrará en vigencia a partir de la semana que viene. En el texto se indica que los usuarios sólo podrán usar este servicio 5 veces por año calendario.
Al justificar esta medida, el Fisco Nacional indicó que se busca facilitar el acceso a insumos necesarios para la producción. Es decir, apunta principalmente a beneficiar a las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs). Esto permite aumentar la competitividad y la generación de empleo en el país.
De acuerdo a la resolución, las mercaderías importadas deben destinarse a inscriptos en el Registro de Empresas MiPyMEs. El mismo está previsto en la Ley 24.467. Aparte, la inscripción tiene que estar acreditada por las cámaras empresariales ante la Dirección General de Aduanas (DGA).
Tope de 1000 dólares para personas humanas
En septiembre, el Gobierno de Alberto Fernández redujo de 3000 a 1000 dólares el tope para personas humanas y jurídicas. Los envíos por servicio courier deben estar conformados por hasta 3 unidades de la misma especie. El peso total debe ser de hasta 50 kg. y no se debe presumir fines comerciales.
Servicio puerta a puerta
Estas medidas no afectaron al servicio Puerta a Puerta. Éste es aplicado a compras en el exterior que son recibidas por el correo oficial. Una vez efectuado el pago, el comprador tiene que declarar los bienes por el Portal de Envíos Internacionales.
Una vez realizada la Declaración Jurada (DDJJ) y pagados los impuestos correspondientes, el envío llega al domicilio de destino. El remitente no necesita ir a buscarlo a Aduana.