La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) recuerda el otorgamiento de la Asignación por Maternidad Down. Dicho beneficio es otorgado para acompañar y proteger los ingresos de las personas gestantes. Su pago es otorgado a empeladas en relación de dependencia, incluyendo las temporadas y rurales; empleadas del servicio doméstico; y beneficiarias de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART).
Anses hace el pago de la asignación por maternidad durante el trascurso de la licencia por maternidad. Con él se reemplaza al salario.
Los requisitos para cobrar la asignación por maternidad down son haber solicitado al empleador una extensión de la licencia con un certificado de diagnóstico de Síndrome de Down del hijo. Dicho trámite debe ser efectuado hasta 15 días antes de terminada la licencia por maternidad.
En el caso de ya cobrar asignaciones familiares del SUAF, el pago se hace por la misma cuenta bancaria. Las personas que deseen modificar el lugar de cobro pueden hacerlo con el Formulario 2.72. Al hacer la modificación es necesario adjuntar la constancia de CBU emitida por el banco.
El monto de la asignación por maternidad down equivale al salario bruto (Sin descuentos). La fecha de pago depende del cronograma establecido por Anses para cada mes.
Beneficiarios de asignación por maternidad down
- Trabajadoras en relación de dependencia.
- Personal de casas particulares debidamnete registrado.
- Personas que reciben la ART.
Tramitar asignación por maternidad down
Es indispensable que estén todos los datos personales y vínculos familiares registrados. Se puede verificar dicha información en la página de Mi Anses con la Clave de la Seguridad Social.
Las trabajadoras en relación de dependencia deben presentar el Formualrio PS 2.55. En el caso de las empleadas domésticas se requiere el Formulario PS 2.75.
Si la persona cuenta con más de un empleo tiene que presentar un formulario por cada uno de ellos.
La presentación de la documentación puede ser llevada adelante por la web. Para hacerlo es necesario ingresar al servicio Atención Virtual del organismo previsional.
Para evitar confusiones aclaramos que el pago no corresponde a la Asignación Universal por Hijo (AUH). Es solamente para trabajadores formales.