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Requisitos para la Compra de Dólares

El Banco Central de la República Argentina, BCRA, mediante una comunicación reordenó y modificó disposiciones generales en materia de acceso al mercado de cambios, para desalentar la salida de capitales del país. Fueron incrementados los requisitos para la compra de dólares. El central dispuso que las empresas residentes en la Argentina podrán comprar divisas sin límite en el monto siempre y cuando éstas tengan como destino la realización de inversiones en el exterior en actividades productivas de bienes y servicios no financieros. El BCRA emitió un comunicado por el cual, reordenó y modificó disposiciones generales en materia de acceso al mercado de cambios que buscan desalentar la salida de capitales del país. El propósito es el de menguar la salida […]

El Banco Central de la República Argentina, BCRA, mediante una comunicación reordenó y modificó disposiciones generales en materia de acceso al mercado de cambios, para desalentar la salida de capitales del país. Fueron incrementados los requisitos para la compra de dólares. El central dispuso que las empresas residentes en la Argentina podrán comprar divisas sin límite en el monto siempre y cuando éstas tengan como destino la realización de inversiones en el exterior en actividades productivas de bienes y servicios no financieros.

El BCRA emitió un comunicado por el cual, reordenó y modificó disposiciones generales en materia de acceso al mercado de cambios que buscan desalentar la salida de capitales del país.

El propósito es el de menguar la salida de capitales del país, por eso instrumentó modificaciones e incorporó nuevos requisitos a la operatoria para que las empresas puedan comprar dólares.

Según publicación del Diario El Cronista, el Central dispuso que las compras de divisas por parte:

  • Empresas residentes en el país seguirán sin límite en el monto de la compra siempre y cuando éstas tengan como destino la realización de inversiones en el exterior en actividades productivas de bienes y servicios no financieros.
  • Los fideicomisos constituidos con aportes del sector público nacional, las personas físicas residentes y las personas jurídicas constituidas en el país, también pueden comprar sin limite, siempre y cuando no se supere el equivalente de u$s2.000.000 en el mes calendario y los fondos comprados en divisas no estén destinados a la compra en el mercado secundario de títulos y valores.

Desde el BCRA señalan que:

  • «a tal efecto se entenderá que se requiere la conformidad previa cuando dicho destino se concrete en forma directa o indirecta con una liquidación de la compra de los valores dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la fecha de acceso al mercado local de cambios».
  • «el monto adquirido en el conjunto de las entidades autorizadas a operar en cambios supere a lo largo del año calendario el equivalente de dólares estadounidenses doscientos cincuenta mil (u$s 250.000), la entidad interviniente deberá constatar que los montos adquiridos sean compatibles con los bienes declarados impositivamente como inversiones en activos financieros locales y en efectivo…».
  • «aumentos en el capital social en los últimos 365 días previos a la fecha de acceso al mercado de cambios, por un monto no menor al 50% de la suma resultante de considerar los valores de las inversiones directas realizadas en el exterior con acceso al mercado local de cambios en ese mismo período, más el monto en moneda local por el que se solicita el nuevo acceso».

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