El lunes pasado, el Gobierno reglamentó el Decreto 90/23. Ante las consultas sorbe el tema aclaramos cuáles son los únicos titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) que cobran el fondo de desempleo. Ellos son los trabajadores del servicio doméstico. El trámite se debe hacer en las oficinas de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
A partir de este mes se habilitó el otorgamiento del fondo de desempleo a empleados domésticos.
Este beneficio se estableció en el Decreto 90/2023 y se reglamentó con la Resolución 670/2023.
Debido a ello, algunos beneficiarios de la AUH pueden tramitar el fondo de desempleo en Anses. Sin embargo se tiene que recordar que sólo está disponible esta prestación para trabajadores de casas particulares. Obviamente ellos tienen que estar debidamente inscriptos en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
El monto de las cuotas se calculará considerando la valores de las remuneraciones mínimas de la categoría para tareas generales con retiro de la escala salarial del sector. También se tendrá en cuenta la carga horaria registrada durante la relación laboral.
En la normativa también se aclaró que estos trabajadores tienen derecho al cobro de asignaciones familiares. Es decir a la percepción de la ayuda escolar, la AUH y/o asignación por embarazo; y a los pagos únicos por adopción y nacimiento.
Programa Registradas de la AFIP
Hasta fin de año está disponible la inscripción al Programa Registradas de la AFIP. Este plan se aplica a aquellos empleadores que blanquean a un trabajador de casas particulares.
El beneficio consiste en el pago de hasta la mitad del salario del dependiente. Su aplicación es por seis meses. El plazo sube a ocho si es un trabajador con discapacidad o con hijos con discapacidad; cobró el Plan Acompañar; y/o travestis, transexuales o transgéneros.
La solicitud tiene que hacerse en el sitio web del Fisco Nacional con la Clave Fiscal.