Del acuerdo firmado el día jueves 30 de abril de 2009 entre los representantes del sindicato Empleados de Comercio y las cámaras empresarias en el Ministerio de Trabajo surgen los siguientes puntos mas importantes:
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Las sumas pagadas por el acuerdo de abril de 2008 No Remunerativas, las cuales debían incorporarse a los básicos en abril/09 deberán continuar siendo No Remunerativas hasta enero del 2010. Los básicos de convenio continuaran iguales a lo abonado en los recibos de marzo/09
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Se deberá abonar desde abril de 2009 una suma de $300.- No remunerativas.
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Las sumas No Remunerativas recién pasarán a los básicos de convenios el 1º de enero de 2010.
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Todas las sumas No Remunerativas llevarán los aportes y contribuciones a la obra social y sindicato OSECAC, Debiendo abonar los afiliados una suma fija de $30.- por única vez en el mes de abril/09
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Los empresarios deberán abonar con destino a INACAP la contribución considerando el sueldo básico de un trabajador “Maestranza Inicial A” mas las sumas No Remunerativas.
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Los trabajadores recibirán con las liquidaciones del sueldo:
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Junio/09 una suma No Remunerativa del 50% del acuerdo abril/08 y del 25% del acuerdo de abril/09
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Diciembre/09 una suma No Remunerativa del 50% de las sumas cobradas como No Remunerativas del acuerdo de abril/08 y del acuerdo de abril/09.
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Importes sujetos a los descuentos de obra social y sindicato
Si bien el acuerdo esta firmado es importante esperar a que este este hopmologado y firmado
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Mil gracias, otra inquietud que tengo, el basico es de $ 1332.76 administrativo -A- 2 años de antiguedad?? o como dice en la pagina del sindicato a partir de Abril del 2009 es de $ 1700.31?? te paso el enlace desde ya y como 100pre millones de gracias x tus respuestas. Sdos.-
Necesito saber como se abonan los dias x vacaciones, me corresponden 21 dias hace 6 años que trabajo, lo divido al basico x 30 dias o x 200 horas ?? Desde ya un millon de gracias
Jorge
Las vacaciones se pagan sueldo divido 25xcantidad de dias y el resto en tu caso 9 días se divide sueldo por 30×9, por eso cuando se toman las vacaciones enl sueldo es un poco más
Buenas tardes:
quisiera saber si la siguiente tabla de cargas sociales es valida:
Régimen de Jubilaciones y Pensiones 16%
INSSJP 2%
Subsidio Familiar y Fondo Nacional de Empleo 9%
Obras sociales 6%
Total 33%
quiero saber si por ejemplo yo estoy trabajando con un franco semanal y un domingo por medio, mis vacaciones comienzan la primera quincena de marzo, pero ese domingo 28 me toca franco, tambien tengo franco el dia lunes que es el dia de mi franco semanal. ¿que dia me corresponde comenzar las vacaciones? el dia 1 que es lunes(el de mi franco)o el dia 2(que es el dia siguiente al dia de descanso semanal) les agradeceria que me respondieran. Gracias.
sonia
Generalmente las vacaciones se dan luego del franco si vos el domingo y el lunes tenes franco comienzan el martes
COMO TE COMENTE LA EMPRESA NO PAGA POR CAJERO Y POR LO QUE SE EXISTE UNA RESOLUCION QUE ES OBLIGATORIA, ME PAGA UN SUELDO DE 2400
Y EL RECIBO FIGURA 2200, LO HACE EN LA DIRECCION COMERCIAL DE LA EMPRESA PERO NUNCA PERCIBO AYUDA ESCOLAR Y SALARIO FAMILIAR, A QUIEN DEBO RECURRIR, QUE DEBO HACER, ME PUEDES ORIENTAR QUE DEBO HACER?
daniel
Si queres que te pague por cajero decile que necesitas tener la caja de ahorro por algun motivo, si es obligatorio si no te pagan tendrias que hacer la denuncia al ministerio de trabajo. Salario familiar habri que ver si la empresa pertenece al SUAF, eso se puede ver con el CUIT de la firma, presentaste la documentación?