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Monotributo vencimiento recategorización

Recordamos que hoy 7 de mayo vence la recategorización del primer cuatrimestre del año 2009, para los monotributistas que haya tenido modificaciones en algunos de los parámetros dispuesto por la AFIP. La recategorización consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante el periodo de mayo de 2008 hasta el 30 de abril de 2009 y en algunos casos si hubo modificación en la superficie afectada a la actividad. La recategorización debe realizarse cuando el contribuyente  monotributista durante ese periodo tubo modificaciones tanto sean estas inferiores o superiores a los delimitados en la categoría que se encuentra en la actualidad. Si no registra ninguna modificación no debe realizar ningún trámite. La pagina de la AFIP cuenta […]

Recordamos que hoy 7 de mayo vence la recategorización del primer cuatrimestre del año 2009, para los monotributistas que haya tenido modificaciones en algunos de los parámetros dispuesto por la AFIP.

La recategorización consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante el periodo de mayo de 2008 hasta el 30 de abril de 2009 y en algunos casos si hubo modificación en la superficie afectada a la actividad.

La recategorización debe realizarse cuando el contribuyente  monotributista durante ese periodo tubo modificaciones tanto sean estas inferiores o superiores a los delimitados en la categoría que se encuentra en la actualidad. Si no registra ninguna modificación no debe realizar ningún trámite.

La pagina de la AFIP cuenta con una herramienta que se denomina “Mi Orientación”  por medio de la cual, una vez ingresados los datos requeridos, una guía  lo orientará en el proceso de recategorización.

Para realizar la recategorización el monotributo, se necesita contar con la clave fiscal e ingresar a la sección Monotributo.

Si realiza una recategorización el importe nuevo lo debe pagar recién el día 7 de junio, o sea que mayo se paga con el importe anterior.

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7 comentarios en “Monotributo vencimiento recategorización”

  1. Hola, me llegó el comentario de que cuando es la primera recategorización (luego del inicio de actividad) es obligatorio hacer el trámite aunque no hayan cambiado ninguno de los parametro y se siga dentro de la misma categoria, es cierto?
    Gracias!

  2. hola, ise todo los tramites para el monotributo en el AFIP, y ahora tengo que inscribirme en el API. lleve todo lo que me pidieron, cuando llego me piden que les lleve la planilla que se inprime mediante clave fiscal en la pagina del AFIP. pero logro entrar a mi pagina en el AFIP y no me aparece la opcion SISTEMA REGISTRAL… por que sera??

  3. Hola, me inscribi como monotributista eventual en agosto de 2008, page 175 $ por los aportes, y ya no hago mas facturas, como hago para darme de baja? estoy sin actividad desde octubre 2008.
    Muchas gracias.

    1. nadia:

      Las bajas se dan por internet, pagina de la aFIP «Sistema Registral» Ademas no te olvides d edar la baja en ingresos brutos

  4. Graciela: Siempre consulto esta página cuando se acerca Bienes Personales y me saca todas las dudas!!
    Ahora tengo una pregunata concreta: trabajo en relación de dependencia con un sueldo anual por el que pago mucho impuestos a las ganancias (mas de un sueldo). Tengo ganas de iniciar una actividad (monotributo) en paralelo. Voy a tener que informar a mi empleador ingresos adicionales y el pago del monotributo para cuando el me realice las retenciones?
    O al ser monotributo se declara IG por Rel Dep por un lado y Monotributo solo se paga el impuesto del mismo?
    Gracias por tu tiempo, saludos.
    MAPi

    1. MAPI.
      No lo tenes que informar a tu empleador las retenciones van sobre el sueldo en relacion de dependencia. Pero a fin de año si vos tenes que sumar todo lo ganado y ver si te correposnde o no presentar la DDJJ, igual que ahora pero incluyendo lo ganado como monotributo

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