La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó los nuevos montos de la cuota de autónomos. El cálculo de los mismos se hizo considerando el 20,87% de aumento aplicado a los haberes de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Estos valores se aplican desde el período fiscal Diciembre/2023.
Cada tres meses, la AFIP actualiza los importes de la cuota del Régimen General (RG). Dicho ajuste se realiza con el índice de movilidad jubilatoria.
Este indicador es utilizado por la Anses para aumentar las jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Asimismo, se emplea para incrementar las asignaciones familiares.
Conforme a lo indicado, la suba de diciembre es del 20,87% como indica la Resolución 216/2023 de Anses.
Nuevos montos de autónomos
Categorías mínimas de revista:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías | Importes |
---|---|
I | $18.988,68 |
II | $26.583,74 |
III | $37.977,04 |
IV | $60.763,23 |
V | $83.549,12 |
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial:
Categorías | Importes |
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I’ | $20.768,87 |
II’ | $29.075,97 |
III’ | $41.537,38 |
IV’ | $66.459,78 |
V’ | $91.381,85 |
C) Afiliaciones voluntarias:
Categorías | Importes |
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I | $18.988,68 |
D) Menores de 21 años de edad:
Categorías | Importes |
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I | $18.988,68 |
E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
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I | $16.021,70 |
F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
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I | $6.527,36 |
Categorías de revista:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías | Importes |
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A | $14.810,62 |
B | $18.181,34 |
B’ | $19.885,84 |
C | $24.304,33 |
C’ | $26.582,87 |
D | $36.361,84 |
D’ | $39.770,77 |
E | $60.714,56 |
E’ | $66.406,55 |
F | $84.925,00 |
G | $121.382,40 |
G’ | $132.762,00 |
H | $182.145,05 |
I | $227.859,72 |
J | $227.859,72 |
B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
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I | $12.496,46 |
C) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
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I | $5.091,15 |
Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones):
Categorías | Importes |
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I | $59.339,64 |
II | $83.074,22 |
III | $118.678,25 |
IV | $189.885,10 |
V | $261.090,98 |
Recordemos que la vigencia de los valores es a partir del período devengado Diciembre/2023. Debido a la Resolución General 5422/2023, su vencimiento de prorrogó hasta el mes de abril de 2024.