La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó los nuevos montos de la cuota de autónomos en junio de 2024. Debido a que el pago es a mes vencido, dichos importes deberán abonarse en julio. El organismo recaudador actualizó los valores en un 8,83%, porcentaje de ajuste aplicado a las prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
AFIP actualiza los montos de las cuotas del Régimen General (RG) con cada aumento a las jubilaciones y pensiones del SIPA.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) oficializó el aumento a los haberes previsionales con la Resolución 186/2024. Los jubilados y pensionados recibieron un ajuste por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) porque los ajustes de abril y mayo superaron el Índice de Movilidad de junio.
A partir de julio, los aumentos serán mensuales por el IPC del Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (Indec). Por esta razón, la siguiente actualización será del 4,2%.
Nuevos montos de autónomos
Categorías mínimas de revista:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías | Importes |
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I | $37.170,10 |
II | $52.037,36 |
III | $74.339,58 |
IV | $118.943,26 |
V | $163.546,33 |
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial:
Categorías | Importes |
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I’ | $40.654,80 |
II’ | $56.915,86 |
III’ | $81.308,91 |
IV’ | $130.094,19 |
V’ | $178.878,80 |
C) Afiliaciones voluntarias:
Categorías | Importes |
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I | $37.170,10 |
D) Menores de 21 años de edad:
Categorías | Importes |
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I | $37.170,10 |
E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
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I | $31.362,27 |
F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
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I | $12.777,22 |
Categorías de revista:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías | Importes |
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A | $28.991,60 |
B | $35.589,76 |
B’ | $38.926,30 |
C | $47.575,44 |
C’ | $52.035,63 |
D | $71.177,84 |
D’ | $77.850,77 |
E | $118.848,00 |
E’ | $129.990,00 |
F | $166.239,62 |
G | $237.604,53 |
G’ | $259.879,95 |
H | $356.546,65 |
I | $446.032,52 |
J | $446.032,52 |
B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
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I | $24.461,66 |
C) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
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I | $9.965,86 |
Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones):
Categorías | Importes |
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I | $116.156,59 |
II | $162.616,74 |
III | $232.311,18 |
IV | $371.697,70 |
V | $511.082,31 |
Recordemos que la vigencia de estos valores es a partir del período devengado Junio/2024.