La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció la feria fiscal de invierno del 15 al 26 de julio de 2024, inclusive. Por esta razón, suspenderá el cómputo de los plazos vigentes en determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos e intimaciones durante dicho período.
AFIP oficializó la feria fiscal de invierno con la Resolución General N° 5518/2024. Dicha normativa se publicó hoy en el Boletín Oficial.
El Fisco Nacional indicó que la feria fiscal suspende todos los plazos procedimentales. Es decir, los de materia impositiva, aduanera y de la seguridad social.
La medida alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos.
Recordemos que a fines del año pasado se estableció la primera feria fiscal de verano. La medida se aplicó como resultado de una gestión llevada adelante por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Prórroga de AFIP al Siradig Trabajador
AFIP estableció una prórroga al vencimiento del Formulario 572 Web. El mismo debe generarse por la web del organismo recaudador mediante el servicio Siradig Trabajador.
De acuerdo a lo establecido por la Resolución General N° 5519, los empleados y jubilados pueden hacer su presentación hasta el 15 de julio.
La prórroga se debe a que el Congreso sigue discutiendo el paquete fiscal (Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes). AFIP indicó que el mismo contempla una serie de beneficios en la liquidación del Impuesto a las Ganancias para el período fiscal 2023.
El ex Presidente Alberto Fernández redujo el tributo a los trabajadores en relación de dependencia por decreto durante 2023. No obstante, el organismo indicó que el beneficio debe ser validado por el Congreso para que adquieran fuerza de ley.
Recordemos que el Siradig Trabajador se utiliza para informar las deducciones aplicables en ganancias. Además se incluyen las percepciones aplicadas por gastos en el exterior.