Monotributista con computadora de AFIP

AFIP habilitó la nueva moratoria

Nueva moratoria de AFIP que permite regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024.

En el marco del Pacto Fisca, AFIP habilitó una nueva moratoria que permite regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024. Para acceder al nuevo régimen de regularización excepcional de obligaciones tributarias, los contribuyentes deben ingresar a «Mis Facilidades«. Este régimen fue reglamentado por el ente recaudador a través de la Resolución General 5525.

La Resolución 5525/2024 la nueva moratoria del Pacto Fiscal con el fin de lograr el pago voluntario de las obligaciones con AFIP. Los contribuyentes podrán adherir a este para cancelar las obligaciones e infracciones vencidas al 31 de marzo de 2024. Se puede optar por pago al contado o bien a través de planes de facilidades de pago.

La moratoria incluye obligaciones:

  • En curso de discusión administrativa o judicial.
  • Por aporte solidario y extraordinario.
  • De los agentes de retención y percepción.
  • Planes de facilidades de pagos.
  • Multas por infracciones al Código Aduanero.

Por otro lado se encuentran excluidos los aportes y contribuciones de obra social; deudas de ART; aportes y contribuciones de casas particulares; y cotizaciones del monotributo. También se excluyen en esta moratoria las cuotas de seguro de vida obligatorio; tributos, intereses y multas del art. 488 del código aduanero; aportes y contribuciones del RENATEA y RENATRE.

Plan de pago de la nueva moratoria

En el caso de las personas humanas y sucesiones indivisas el pago a cuenta es del 20%, el resto se regulariza en hasta 60 cuotas. Para las micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, el adelanto es del 15% y se paga en hasta 84 cuotas.

Por otro lado, las medianas empresas Tramos 1 y 2 deben pagar un anticipo del 20% y el resto en 48 cuotas. El resto de los contribuyentes tienen un anticipo del 25% y hasta 36 cuotas.

Pago al contado o en hasta 3 cuotas

Quienes adhieran dentro de los 30 días corridos de la entrada en vigencia de la reglamentación, tendrán un 70% de condonación de la deuda. Los que adhieran entre el día 31 hasta el día 60, corridos, tendrán un 60% de condonación. Por último, quienes lo hagan entre el día 61 al 95, contarán con un 50% de condonación.

Pago en más de 4 o más cuotas

Quienes adhieran a la moratoria con un plan de pago de más de 3 cuotas y lo hagan en los primeros 90 días, tendrán un 40% de condonación de la deuda. Por otro lado, los que lo hagan después solo tendrán una condonación del 20 porciento.

Regularización de planes y punitorios

La regulación de planes de facilidades de pagos vigentes al 31 de marzo tendrán un 30% de condonación de intereses resarcitorios y punitorios. Los mismos serán devengados a la fecha de consolidación original.

Por otro lado, los intereses resarcitorios y punitorios adeudados por obligaciones fiscales cancelados con anterioridad al 31 de marzo tendrán un 100% de condonación.