Los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) acreditan la escolaridad y los controles sanitarios cada año. No obstante, este no es un requisito fundamental para el cobro del beneficio. Debido a las consultas aclaramos que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) no suspende el pago si el menor deja sus estudios.
Anses aplica una retención mensual a la AUH. Es decir, los titulares cobran el 80% de la asignación cada mes.
El 20% retenido se acumula hasta el próximo año. Estos fondos se liquidan dentro de los 60 a 90 días de cumplida la entrega de la Libreta en Anses. Dicho formulario acredita la regularidad escolar, la vacunación y las visitas al médico.
Los pagos estaban condicionados al cumplimiento del trámite anual cuando se implementó esta asistencia. Sin embargo, posteriormente se decidió dejar de aplicar bajas por esta causa. En su momento se dijo que era injusto que los menores dejen de recibir esta ayuda del Estado por un incumplimiento de sus padres.
Es decir, si no se acredita la regularidad escolar y los controles sanitarios se sigue cobrando el 80% de la AUH. Obviamente, el 20% se pierde.
AUH debe acreditar la escolaridad para cobrar la ayuda escolar
Los beneficiarios de la AUH tienen derecho al cobro de la ayuda escolar anual. Dicho pago se hace por los hijos escolarizados de 45 días a 17 años de edad. Claro está que si el menor dejó sus estudios no recibirá este pago adicional.
Presentación del Formulario Libreta
Anses requiere que las familias cubiertas por la AUH cumplan con la presentación del Formulario Libreta antes de fin de año. El trámite se puede hacer por la página del organismo previsional usando la Clave de la Seguridad Social.
Aquellas personas que tienen problemas para hacer la gestión a distancia pueden realizarla en las oficinas sin turno.