Titular del fondo de desempleo de Anses

Retiro voluntario no da derecho al cobro del fondo de desempleo

Los trabajadores que llegaron a un acuerdo de retiro voluntario no pueden tramitar el cobro del fondo de desempleo en Anses.

El fondo de desempleo es un beneficio otorgado por Anses que ofrece apoyo económico a trabajadores despedidos sin justa causa. Sin embargo, este derecho no aplica cuando el empleado renuncia, ya sea de manera directa o a través de un acuerdo por retiro voluntario. Por este motivo, es crucial conocer las implicancias de cada situación laboral antes de tomar una decisión.

¿Qué es el retiro voluntario?

El retiro voluntario es un acuerdo mutuo entre el trabajador y el empleador para finalizar el vínculo laboral. En estos casos, el empleado recibe una serie de beneficios adicionales que pueden incluir la continuidad de la obra social por un periodo determinado, una indemnización mayor a la establecida legalmente y el cobro proporcional del salario según los días trabajados y pendientes.

No obstante, esta modalidad no se considera un despido sin justa causa. Por ello, excluye al trabajador del acceso al fondo de desempleo.

Requisitos para cobrar el fondo de desempleo

El acceso al fondo de desempleo está reservado únicamente para empleados despedidos que cumplan con ciertos requisitos vinculados a su historial laboral y de aportes:

  • Los trabajadores permanentes deben acreditar al menos seis meses de aportes en los últimos tres años previos al despido o finalización del contrato.
  • Para los trabajadores eventuales o de temporada, se requiere haber trabajado menos de 12 meses en los últimos tres años y más de 90 días en el último año antes del cese laboral.

Recordemos que la prestación por desempleo se aplica a todos los dependientes comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013. Además, se incluyó al personal de casas particulares con el Decreto 90/2023.

Duración y cálculo del beneficio

La cantidad de cuotas del fondo de desempleo varía entre dos y doce, dependiendo de los ingresos y los meses trabajados con aportes en los últimos tres años. Además, los trabajadores mayores de 45 años pueden percibir este beneficio durante seis meses adicionales.

El monto de cada cuota es el 75% de la mejor remuneración habitual percibida durante los últimos seis meses. Sin embargo, se aplica un tope mínimo del 50% del salario mínimo, vital y móvil y máximo del 100% del piso salarial.

¿Cómo tramitar el fondo de desempleo?

El trámite puede realizarse de manera virtual a través de la plataforma Mi Anses, utilizando el servicio de Atención Virtual. También está disponible la opción de gestionar el beneficio de manera presencial en las oficinas de Anses, para lo cual se debe solicitar un turno previamente.