El Presidente Javier Milei avanzó con una reforma clave en la gestión de derechos de autor aplicando cambios significativos en el funcionamiento de las sociedades de gestión colectiva (SGC). Esta medida busca eliminar los monopolios en el sector y permitir que los creadores celebren acuerdos directos con los usuarios de sus obras.
Mediante el Decreto 138/2025, se estableció un nuevo esquema en el que los autores pueden administrar sus derechos sin la intervención de intermediarios.
Cambios de Javier Milei la gestión de derechos de autor
A partir de esta reforma aplicada por Javier Milei, los titulares de los derechos de autor podrán optar por asociarse a una o varias sociedades de gestión colectiva o bien administrar sus derechos de manera independiente. Las SGC, por su parte, deberán acreditar su capacidad de gestión ante el Registro y estarán bajo la supervisión de la Dirección Nacional del Derecho de Autor, dependiente del Ministerio de Justicia.
Entre las principales modificaciones, se impone un límite del 30% en los gastos administrativos de estas sociedades. También se prohíbe su intervención cuando los autores decidan gestionar sus derechos de forma directa. Además, deberán fijar aranceles proporcionales al uso de las obras y realizar los pagos correspondientes en un plazo máximo de dos meses.
Otro punto relevante es la obligatoriedad de publicar anualmente los balances, tarifas y distribución de fondos.
Asimismo, se establece que no podrán retener montos sin asignar por más de cuatro meses. En caso contrario, deberán redistribuir esos fondos entre los demás representados. Para adecuarse a estas nuevas disposiciones, las SGC cuentan con un plazo de 180 días.
Impacto de la reforma en el sector
El decreto redefine el papel de las sociedades de gestión colectiva al eliminar su carácter monopólico y permitir la creación de nuevas entidades dentro de un régimen general. También impone mayores requisitos de transparencia, asegurando que los titulares de los derechos de autor tengan un control más claro sobre la administración sobre los mismos y los montos cobrados.
El Ministerio de Justicia será el encargado de establecer los límites máximos que las SGC podrán cobrar a los usuarios según el tipo de obra y su uso. Esta regulación impactará directamente en entidades como AADI-CAPIF y SAGAI, que deberán ajustarse a los nuevos requisitos y permitir una mayor competencia en el sector.
Sin embargo, la reforma no afecta el monopolio de Argentores, ya que se encuentra amparado por la Ley 20.115. No obstante, se permitirá la negociación de tarifas de manera bilateral entre autores y usuarios.