La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha publicado el cronograma de vencimientos fiscales para marzo de 2025. Es fundamental que los contribuyentes cumplan con estas fechas para evitar intereses y sanciones. El calendario varía de acuerdo a la obligación y al dígito verificador de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
Autónomos
Los trabajadores autónomos deben abonar sus aportes previsionales mensuales según la terminación de su CUIT. Este aporte es esencial para mantener la regularidad en el sistema previsional y asegurar futuros beneficios jubilatorios. Las fechas de vencimiento de ARCA para ellos son las siguientes:
- 5 de marzo de 2025: CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3.
- 6 de marzo de 2025: CUIT terminados en 4, 5 y 6.
- 7 de marzo de 2025: CUIT terminados en 7, 8 y 9.
Es importante destacar que este pago no incluye cobertura de obra social. Debido a ello, los autónomos que deseen contar con servicios de salud deben gestionarlos de manera independiente.
Régimen de Regularización de Activos de ARCA
Los contribuyentes interesados en adherirse a la segunda etapa del Régimen de Regularización de Activos de ARCA deben presentar la declaración jurada y realizar el pago del saldo del impuesto especial antes del 7 de marzo de 2025. El mismo ofrece la oportunidad de declarar bienes no informados previamente, cumpliendo con las normativas vigentes y evitando posibles sanciones futuras.
Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales
Aquellos que hayan regularizado bienes en la etapa 2 del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) deben presentar la declaración jurada correspondiente antes del 7 de marzo de 2025. Este procedimiento es esencial para formalizar la inclusión de los bienes en el patrimonio declarado y cumplir con las obligaciones fiscales relacionadas.
Trabajadores del Casas Particulares
Los empleadores de personal de casas particulares deben cumplir con el pago de aportes y contribuciones a ARCA para asegurar los derechos laborales de sus empleados. Las fechas clave son:
- Pago obligatorio (Formulario 102/RT): vence el 10 de marzo de 2025.
- Pago voluntario (Formulario 575/RT): la fecha límite es el 17 de marzo de 2025.
El mes pasado, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (Cntcp) homologó los últimos acuerdos salariales del sector con la Resolución 1/2025. Por esta razón, los empleadores del servicio doméstico tienen la obligación de cumplir con los aumentos acordados hasta el momento. Además, los empleados tienen que recibir un retroactivo si no recibieron el ajuste en tiempo y forma.
Asimismo, ARCA implementó un nuevo mecanismo de ajuste para la cuota del servicio doméstico. Por ello, los importes pagados por los empleadores se ajustarán en la misma proporción y periodicidad que los del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) a partir de julio.
Empleadores
Los empleadores con personal en relación de dependencia tienen la obligación de presentar y pagar la declaración jurada mensual de aportes y contribuciones al Sistema Único de la Seguridad Social (SUSS). Las fechas de vencimiento de ARCA, según la terminación del CUIT, son:
- 10 de marzo de 2025: CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3.
- 11 de marzo de 2025: CUIT terminados en 4, 5 y 6.
- 12 de marzo de 2025: CUIT terminados en 7, 8 y 9.
Cumplir con estas obligaciones garantiza la cobertura de salud, aportes jubilatorios y otros beneficios sociales para los empleados.
Impuesto a las Ganancias
Los contribuyentes alcanzados por el Impuesto a las Ganancias deben realizar el pago del cuarto anticipo correspondiente al período fiscal 2024. Las fechas de vencimiento de ARCA son:
- 13 de marzo de 2025: CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3.
- 14 de marzo de 2025: CUIT terminados en 4, 5 y 6.
- 17 de marzo de 2025: CUIT terminados en 7, 8 y 9.
Es importante que los contribuyentes verifiquen el monto del anticipo a ingresar y realicen el pago en tiempo y forma para evitar intereses resarcitorios.
IVA y Libro de IVA Digital
Los responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) deben presentar la declaración jurada y realizar el pago correspondiente al período fiscal de febrero de 2025. Las fechas de vencimiento, según la terminación del CUIT, son las siguientes:
- 18 de marzo de 2025: CUIT terminados en 0 y 1.
- 19 de marzo de 2025: CUIT terminados en 2 y 3.
- 20 de marzo de 2025: CUIT terminados en 4 y 5.
- 21 de marzo de 2025: CUIT terminados en 6 y 7.
- 25 de marzo de 2025: CUIT terminados en 8 y 9.
Monotributo
Los monotributistas deben abonar la cuota mensual antes del 20 de marzo de 2025 conforme al calendario de ARCA.
SiRADIG de ARCA
El sistema para registrar y actualizar las deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) vencerá el 31 de marzo de 2025. Por ello, los contribuyentes deben generar el Formulario 572 Web desde el portal de ARCA antes de dicha fecha.