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Modificaron Alícuotas en las Percepciones y Retenciones sobre los Ingresos Brutos

La Administración de Ingresos Públicos Porteños, AGIP, a través de la Resolución Nº672/2012 modificó nuevamente las alícuotas en la percepciones y retenciones sobre los ingresos Brutos, la cuales, habían sido reformuladas hace solamente un mes. La normativa establece una alícuota adicional del 1.5% para locaciones de inmuebles, 3.5% por venta al contado que superen los $1.000.- y el 3% la prevista para los sujetos del Régimen Simplificado con Magnitudes Superadas. El organismo de recaudación porteño nuevamente modificó algunas alícuotas en las percepciones y retenciones sobre los ingresos brutos, que ya había reformulado en la última semana de agosto. La norma establece una alícuota especial para la locación de inmuebles del 1,5% y por otra parte, se elimina la alícuota prevista […]

La Administración de Ingresos Públicos Porteños, AGIP, a través de la Resolución Nº672/2012 modificó nuevamente las alícuotas en la percepciones y retenciones sobre los ingresos Brutos, la cuales, habían sido reformuladas hace solamente un mes. La normativa establece una alícuota adicional del 1.5% para locaciones de inmuebles, 3.5% por venta al contado que superen los $1.000.- y el 3% la prevista para los sujetos del Régimen Simplificado con Magnitudes Superadas.

El organismo de recaudación porteño nuevamente modificó algunas alícuotas en las percepciones y retenciones sobre los ingresos brutos, que ya había reformulado en la última semana de agosto.

La norma establece una alícuota especial para la locación de inmuebles del 1,5% y por otra parte, se elimina la alícuota prevista para quienes no contaban con el CVDI habida cuenta que la AFIP derogó dicha exigencia. También se eleva a 3,50% la alícuota correspondiente a venta contado por valores mayores a $ 1000 y al 3% la prevista para los sujetos del Régimen Simplificado con Magnitudes Superadas.

Entró en vigencia a partir del lunes pasado, 1º de octubre de 2012.

Se estableció un Régimen General de Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para los sujetos que desarrollan actividades en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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