La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, a través del Decreto Nº 244/2013 oficializó la suba de las deducciones en el impuesto a las Ganancias para ser aplicados a las liquidaciones de los trabajadores. Al publicar en el Boletín Oficial el aumento del 20% anunciado anteriormente, el pasado 28 de enero, por la Presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, fijo los nuevos montos del Mínimo no imponible, cargas de familia y deducción especial.
La AFIP reglamentó los nuevos montos de «las deducciones anuales en concepto de ganancia no imponible, cargas de familia y deducción especial», que había anunciado la Presidenta por Cadena Nacional.
Fijando nuevos montos de «las deducciones anuales en concepto de ganancia no imponible, cargas de familia y deducción especial, computables para la determinación del citado gravamen correspondiente a personas físicas y sucesiones indivisas».
La normativa indica que las modificaciones comenzaron a regir a partir del 1 de marzo y los nuevos montos de deducciones quedaron de la siguiente manera:
Deducciones Impuesto a las Ganancias | |||
Concepto | Año 2010 | Año 2011/12 | Marzo 2013 (Falta norma) |
A) Ganancias no Imponibles Artículo 2, inciso a) | $10.800.- | $12.960.- | $15.552.- |
B) Deducción por Carga de Familia Articulo 23, inciso b) | |||
1 – Cónyuge | $12.000.- | $14.400.- | $17.280.- |
2 – Hijos | $6.000.- | $7.200.- | $8.640.- |
3 – Otras Cargas de Familia | $4.500.- | $5.400.- | $6.480.- |
C) Deducción Especial Articulo 23, inciso c), primer párrafo | $10.800.- | $12.960.- | $15.552.- |
D) Deducción Especial Artículo 23, inciso c), Artículo 79, inciso a), b) y c) | $51.400.- | $62.208.- | $74.650.- |
Deducción Especial Autónomos | $10.800.- | $12.960.- | $15.552.- |
Deducción Servicio Doméstico | $10.800.- | $12.960.- | $15.552.- |
La norma actualiza los montos a deducir pero no los de las escalas salariales que indican los porcentajes a pagar por ganancias, que continúan vigentes desde hace años:
Reforma Tributaria Ley Nº 25.239 30/12/99 – Impuesto a las Ganancias | ||||
Ganancia Neta Acumulada – Título I Articulo Nº 1 inciso o | ||||
Pagaran Ganancias Importe superior a: | Hasta $ | $ | % | Pagaran sobre el Excedente de $ |
$0 | $10.000.- | $0 | 9 | $0 |
$10.000.- | $20.000.- | $900.- | 14 | $10.000.- |
$20.000.- | $30.000.- | $2.300.- | 19 | $20.000.- |
$30.000.- | $60.000.- | $4.200.- | 23 | $30.000.- |
$60.000.- | $90.000.- | $11.100.- | 27 | $60.000.- |
$90.000.- | $120.000.- | $19.200.- | 31 | $90.000.- |
$120.000.- | en adelante | $28.100.- | 35 | $120.000.- |
Fuente AFIP |
Ricardo Echegaray, titular de la AFIP, dijo que esas escalas, fijas desde la época de Fernando de la Rúa, deberían ser modificadas por el Congreso y no por el Ejecutivo.
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hasta donde entiendo, debido a la norma que implemento la afip, que los nuevos valores van a partir de marzo, el resultado final a fin de año, sera de 15120 para el concepto A.
y 72576 para el inciso C. por Ej.
Hola: tengo una consulta. estoy tatdnaro de pagar por internet (pago mis cuentas) las cargas sociales de mi empleada con el nuevo monto. Antes pagaba 81,75 y ahora, de acuerdo a lo que leo en el formulario 102/B, estoy intentando pagar 95. Pero el pago me aparece rechazado. tampoco me acepta el pago con el monto anterior. Habre1 algo me1s modificado? Muchas gracias!